¿Debes impuestos? El SAT perdonará multas y recargos con este nuevo programa fiscal
El programa de regularización fiscal permitirá condonar hasta 100% de multas y recargos o reducir 90% de créditos formados solo por sanciones

Conoce los requisitos para acceder a este beneficio fiscal, pues hay algunas restricciones
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) permitirá reducir el total de multas y recargos o el 90% de créditos formados solo por sanciones fiscales mediante un “Programa de Regularización Fiscal 2026” que permite borrar hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
Sin embargo, este “borrón fiscal” aplicará solo para personas y empresas que tuvieron ingresos de hasta 300 millones de pesos y tengan adeudos del ejercicio 2024 o anteriores.

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¿A quiénes aplica el programa de regularización fiscal?
“Este estímulo, previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026, aplica también a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior de 2024 o anteriores”.
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El SAT precisó que los beneficios fiscales no son válidos si el contribuyente ya utilizó programas anteriores, si tiene sentencia por delito fiscal o si está en las listas negras de empresas factureras y nomineras.
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¿Cuáles son los supuestos para acceder al estímulo fiscal?
Además el organismo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda (SHCP) señaló que la condonación de multas, recargos y créditos viejos es aplicable a contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
- Contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas autodeterminadas del ejercicio fiscal 2024 o anteriores. El estímulo se activa al presentar las declaraciones correspondientes, autodeterminando la contribución a cargo y sus accesorios. Aplica exclusivamente a los recargos generados por el monto de la contribución omitida.
- Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación. Siempre que subsanen las irregularidades detectadas, se autocorrijan y paguen a más tardar el 31 de diciembre de 2026, y hasta antes de que se les notifique la resolución en la que se les determinen las contribuciones omitidas.
- Personas y empresas con créditos fiscales firmes a su cargo, determinados por la autoridad fiscal federal, que no hayan sido impugnados o que se desistan del medio de defensa interpuesto. La solicitud del estímulo debe presentarse a más tardar el 31 de octubre de 2026, mediante un caso de aclaración en el portal del SAT o de manera presencial.
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Para mayor información, el contribuyente podrá visitar el minisitio “Programa de Regularización Fiscal 2026”: https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/RegularizacionFiscal/index.html
O recibir orientación acudiendo a cualquier oficina del SAT sin cita previa o a través de los siguientes canales de atención: MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9, seguida de la 3.
Chat uno a uno: Opción “Programa de Regularización Fiscal LIF 2026”.
OrientaSAT: En sat.gob.mx, lado derecho, en el búho (OrientaSAT), seguido de la opción “Programa de Regularización Fiscal 2026”.
Oficina Virtual: Con previa cita en www.citas.sat.gob.mx



