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  • 10 MAR 2026, Actualizado 20:43

Hernán Bermúdez Requena se queda sin protección: juez le niega amparo contra extradición

El intento de “El Abuelo” por blindarse ante una posible extradición a Estados Unidos fracasó en los tribunales.

Foto: SSPC Tabasco

Foto: SSPC Tabasco

Un juez federal desechó el amparo extradición promovido por Hernán Bermúdez Requena, conocido como “El Abuelo”, líder del grupo delictivo conocido como “La Barredora”, con el que buscaba frenar una posible extradición a Estados Unidos.

El titular del Juzgado Cuarto de Distrito en materia Penal con sede en Toluca, Estado de México, Daniel Marcelino Niño Jiménez, determinó que la demanda de garantías es improcedente al tratarse de un acto que, hasta ahora, no ha sido notificado oficialmente.

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¿Por qué fue rechazado el amparo contra la extradición?

El impartidor de justicia explicó que el promovente no acreditó la existencia de un procedimiento formal de extradición en su contra, por lo que no se puede considerar que exista una afectación real a sus derechos.

En la resolución se señala que “no ha sufrido ningún perjuicio real y actual en su esfera jurídica, lo cual hace improcedente el presente juicio de amparo”, ya que este recurso procede únicamente contra actos concretos de autoridad que vulneren derechos fundamentales.

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¿Qué argumentó el acusado sobre la posible extradición?

El juez también precisó que el “sólo temor de que se lleve a cabo un acto de autoridad, de ninguna manera significa la afectación a los derechos tutelados por la norma jurídica”, por lo que el recurso no puede admitirse con base en suposiciones.

Bermúdez Requena argumentó que custodios del penal donde se encuentra recluido le comentaron que sería enviado a Estados Unidos porque presuntamente existe una orden de extradición en su contra.

Ante ello, promovió el amparo al señalar que no ha recibido notificación formal del procedimiento, lo que —aseguró— le impediría ejercer su derecho de defensa. Sin embargo, el juez determinó que dichos señalamientos no constituyen una notificación oficial ni acreditan la existencia del proceso.

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