Licencia de maternidad de 12 a 18 semanas propone diputada de Morena
Licencias por adopción, en casos de discapacidad y hospitalización también son contemplados en la reforma propuesta por la diputada Ivonne Cisneros
México
La presidenta de la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, Ivonne Cisneros Luján, impulsa una reforma constitucional para incrementar la temporalidad de la licencia de maternidad y la corresponsabilidad en los cuidados.
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La legisladora de Morena propuso robustecer el artículo 123 constitucional en su apartado A, para garantizar la máxima protección en materia de la licencia de maternidad al aumentar el periodo de licencia de 12 a 18 semanas.
Explicó que la maternidad es una de las decisiones que no solo impactan en el proyecto de vida de las mujeres, en su ámbito personal, sino en el familiar, laboral, escolar y comunitario.
Cisneros Luján recordó que las licencias de maternidad, paternidad, y parentales son un derecho humano y una obligación que deben garantizar las autoridades correspondientes.
Argumentó que el Convenio Número 183 sobre la Protección de la Maternidad de la Organización del Trabajo (OIT), establece que se otorguen licencias por maternidad remunerada por 18 semanas y un mínimo de 14 semanas.
El documento menciona que existen países que ya han regulado la licencia por maternidad en 104 semanas o hasta un año, como en el caso de Reino Unido. Para América Latina, los países como Brasil, Colombia, Cuba, Costa Rica tienen mayores semanas con licencia en comparación con México.
Por ello, la iniciativa de la diputada de Morena establece incrementar el periodo de licencia por maternidad de 12 semanas a 18 semanas, que tiene como objetivo impulsar el cuidado y los derechos laborales de las madres trabajadoras.
Así como incrementar el plazo de la licencia por maternidad en los casos de adopción, de forma proporcional a quienes hayan tenido un embarazo o parto, debido a que se siguen los mismos fines; fortalecimiento del vínculo y la corresponsabilidad, además del respeto a los derechos laborales de las madres trabajadoras.
Además, incluye incrementar en proporción, en aquellos casos que las hijas o hijos hayan nacido con alguna discapacidad o requieran atención médica hospitalaria; lo anterior, sin perjuicio de los derechos inherentes a la lactancia materna para las madres trabajadoras como para sus hijas e hijos.