Senado aprueba Ley de Movilidad Vial
Pasa el Ejecutivo para su publicación
Ciudad de México
El pleno del Senado de la República aprobó el proyecto yo que expide la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, donde se establece el alcoholímetro a nivel nacional.
Sin embargo, se excluyó la prohibición de los llamados “doble remolque”, así como no se obliga a las armadoras a incluir parámetros de seguridad internacional en los automóviles que fabrican y venden en México.
Durante la sesión de este martes la reforma se avaló por unanimidad y tienen como objetivo establecer las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
La ley propone los siguientes límites de velocidad para evitar accidentes: 30 kilómetros por hora en calles secundarias y terciarias; 50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado; y 80 kilómetros por hora en carreteras estatales fuera de zonas urbanas.
En tanto, el senador del Grupo Plural, Emilio Álvarez Icaza, recriminó que la nueva ley no prohíbe los llamados doble remolque que son de los vehículos que más accidentes y muertes provocan en el país, los cuales en otras naciones están prohibida su circulación.
La ley de movilidad fue aprobada con 102 votos a favor y se envió al Ejecutivo para su publicación.