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  • 19 ABR 2024, Actualizado 06:18

CON GABRIELA WARKENTIN

CON GABRIELA WARKENTIN. Aun sin ley reglamentaria puede haber revocación de mandato: Hugo Concha

"La organización sería a interpretación de la autoridad electoral, pero a los partidos no les gusta que el INE ande reglamentando"

Aun sin ley reglamentaria puede haber revocación de mandato: Hugo Concha

Aun sin ley reglamentaria puede haber revocación de mandato: Hugo Concha / W Radio (Cuartoscuro/Archivo)

México

Aun sin ley reglamentaria puede haber revocación de mandato, aunque sería más complicado porque la organización sería a interpretación de la autoridad electoral, y ha quedado comprobado que a los partidos políticos no les gusta que el INE ande reglamentando cosas que el Congreso no ha puesto en ley, así lo consideró el investigador del IIJ-UNAM, Hugo Concha.

En entrevista para "Así las Cosas" con Gabriela Warkentin, el investigador recordó que fue en diciembre de 2019 cuando Morena a iniciativa del Presidente reformó el artículo 35 para establecer que en México la figura de revocación de mandato; un recurso poco utilizado para preguntar a la ciudadanía si quiere que el presidente continúe en su cargo o llegue a un término anticipado para el encargo por el cual fue electo.

Constitucionalmente dijo, es una figura que puede ocurrir solo una vez durante el periodo presidencial,  y sólo en los tres meses posteriores al tercer año, es decir de enero a marzo del año entrante.

Hugo Concha nos recordó que la Constitución como ley suprema establece los grandes principios y cómo se deben trabajar, en este caso la revocación de mandato o la consulta popular, las elecciones etc.

El Congreso de la Unión por su parte, es quien va a especificar a detalle todo el procedimiento de cómo funcionará cada una de estas figuras.

Sobre la revocación de mandato, señaló “en caso de que no tuviéramos una ley reglamentaria, soy de la idea que aun así podría llevarse a cabo esta figura”; no obstante, señaló que sería más complicado porque la organización sería a interpretación de la autoridad electoral, lo que ha quedado comprobado” no le gusta a los partidos políticos que el INE ande reglamentando cosas que el Congreso no ha puesto en ley”.

El artículo 35 Constitucional detalló, sí contiene los lineamientos de cómo y cuándo se puede llevar a cabo la revocación de mandato para que proceda. Para que sea procedente debe participar por lo menos el 40% del listado nominal de electores, (36 millones de personas) y tener mayoría absoluta (51%). Si un poco más de 18 millones votan “no queremos que Andrés Manuel López Obrador continúe” esa sería la cantidad necesaria para que el presidente se despidiera, afirma Concha.

La Constitución también señala que el INE emitiría resultados, pero las impugnaciones las recibiría el TEPJF así como la declaratoria de lo sucedido en la revocación. Y prohibe el uso de recursos públicos.

En caso de proceder la revocación dijo,  "habría un presidente provisional que asumiría el presidente del Congreso, y habrá hasta 30 días para que el Congreso nombre un presidente sustituto que acabe el mandato".

Respecto a la propuesta de reforma electoral de Ricardo Monreal dijo es un tanto revanchista, deja afuera los grandes temas “es una iniciativa que no me gusta, deja fuera muchas cosas y no lleva a ningún panorama nuevo”, concluyó.

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