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  • 29 MAR 2024, Actualizado 06:08

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W Radio. Declaran constitucional consulta de juicio a ex presidentes

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Por mayoría simple con 6 votos a favor y 5 en contra, los ministros que integran el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron este jueves 1 de octubre que la solicitud de consulta para aprobar si se enjuicia a expresidentes es constitucional Sin embargo el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales, propuso declarar inconstitucional la consulta para enjuiciar a ex presidentes, que planteó el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Al tomar la palabra el ministro presidente de la Corte Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, se pronunció en contra del proyecto elaborado por su homólogo Aguilar Morales -quien votó a favor-, argumentando que la consulta no violaría los derechos humanos, además de que indicó que un ejercicio de estas características no transgrediría la presunción de inocencia de los expresidentes, pues no se está preguntando si son culpables o no, sino si las autoridades deben investigarlos.

Lelo de Larrea rechazó, también, que el resultado de una eventual consulta generaría una gran presión sobre los jueces y la Fiscalía General de la República (FGR), ya que estos son entes autónomos., también precisó que afirmar lo contrario, sería aceptar que los órganos de procuración e impartición de justicia son parciales.

“Lo que no podemos hacer es cerrar las puertas a la opinión ciudadana por temor a un escenario catastrófico de populismo penal los riesgos de una democracia débil o mal entendida no se solucionan clausurando los debates, la libertad de expresión o la participación ciudadana, esta Suprema Corte no dude coartar el derecho a la participación democrática a la ligera so pretexto de evitarle a nuestras instituciones una tentación hipotética, una tentación pensada desde la supuesta incompetencia de nuestras autoridades y la desconfianza en nuestro diseño constitucional”, puntualizó Lelo de Larrea.

En el proyecto revisión de constitucionalidad de la materia de consulta popular 1/2020 se detalla que la Corte consideró improcedente el ejercicio, toda vez que conlleva en sí una restricción de los derechos humanos y una afectación a las garantías. El ministro Luis María Aguilar manifestó que "si bien cada uno de los motivos expuestos es por sí solo suficiente para declarar la inconstitucionalidad de la materia de la consulta popular".

“Que la materia de estas consulta popular es inconstitucional y ya para terminar únicamente quiero enfatizar que ene este caso la tarea de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no tiene nada que ver con decidir sin ese investigarse o no a los expresidentes de México por los delitos que supuestamente antes, durante y después de su gestión a la Suprema Corte no le corresponde decidir en este caso si existen pruebas o si debe abrirse una investigación”, defendió el ministro Aguilar Morales.

Tras esta votación, los ministros de la Corte procedieron a revisar la redacción de la pregunta incluida en la consulta propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador que quedó de la siguiente manera:

“¿Estás de acuerdo o no en que se llevan a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas”.

En contra del proyecto presentado por el ministro Luis María Aguilar que establecía que la solicitud del presidente era inconstitucional votaron el ministro presidente Arturo Zaldívar y los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Luis González Alcántara Carrancá, Margarita Ríos Farjat, Yasmín Esquivel Mossa y Alberto Pérez Dayán.

Los ministros que votaron en contra fueron el ponente, Luis María Aguilar, Margarita Piña, Javier Laynez y Mario Pardo.

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