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  • 26 ABR 2024, Actualizado 14:38

Desestima SCJN omisiones legislativas al aprobar Ley de Remuneraciones

Sin embargo, ordenó que el Congreso de la Unión fije los parámetros para determinar el salario presidencial.

Desestima SCJN omisiones legislativas al aprobar Ley de Remuneraciones

Desestima SCJN omisiones legislativas al aprobar Ley de Remuneraciones(FOTO: Cuartoscuro (Archivo))

Ciudad de México

Al concluir con el análisis de la constitucionalidad de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desestimó los argumentos de que en la aprobación de esta norma, hubo violaciones al procedimiento u omisiones legislativas…

Sin embargo, por mayoría de ocho votos, los ministros determinaron que existe discrecionalidad en la fijación del salario presidencial, que según la Ley impugnada, es el tope para las remuneraciones de todos los servidores públicos…

Por ello, el pleno del alto tribunal decidió invalidar porciones de los Artículos Sexto y Séptimo de la Ley de Remuneraciones y ordenó que el Congreso de la Unión fije los parámetros para determinar el salario presidencial…

Fue el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá quien señaló que es preciso darle certeza jurídica a los trabajadores del Estado, por lo que se emplazó al Congreso para que lo legisle, en su próximo periodo ordinario.

"Yo sí creo que es muy importante que le demos al Congreso el tiempo necesario para poder legislar porque es una materia muy delicada y además es mucho lo que está en juego en lo que se ha ponderado y un poco el malestar que existe en el aparato burocrático del Estado, es en el sentido de que no se dan las normas y las pautas exactas y eso generaría una gran tranquilidad en el sector burocrático de este país y sobre todo al Congreso le daríamos la oportunidad de hacerlo correctamente desde mi punto de vista completando, estudiando oyendo la opinión pública y la opinión de las partes involucradas", consideró el ministro Carrancá.

Además se invalidaron también los dos artículos del Código Penal Federal (CPF) que tipificaban el delito de remuneraciones ilícitas.

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