;
  • 28 MAR 2024, Actualizado 21:44

Lo que debes saber de la Ley de Seguridad Interior

Aquí todos los detalles sobre esta ley que fue aprobada el viernes por el senado de la República

Lo que debes saber de la Ley de Seguridad Interior

Lo que debes saber de la Ley de Seguridad Interior / FOTO: Especial

México

El viernes se aprobó en el senado de la República, después de más de 15 horas de discusión, la Ley de Seguridad Interior. Fue enviada a la Cámara de Diputados, que en poco de más de una hora, aprobaron de manera definitiva. Por ello, hoy Alejandro Madrazo Lajous, abogado, Profesor-Investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), y Jacobo Dayán, especialista en derechos humanos y asuntos internacionales, nos dirán ¿qué onda con esta ley? ¿por qué hay tantas voces en contra? ¿cómo nos puede perjudicar? ¿atenta con nuestros derechos humanos? Y ¿en qué van a mejorar o empeorar las cosas con esta aprobación?

El pasado viernes, y después de más de 15 horas de discusión, el Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Seguridad Interior, con 71 votos a favor, 34 en contra y 3 abstenciones.

Más tarde y en poco más de una hora, la Cámara de Diputados aprobó la ley de manera definitiva y pasará al Ejecutivo para su publicación.

PREGUNTAS BÁSICAS

¿Quién debe perseguir los delitos en una democracia constitucional?

Según la Constitución vigente en nuestro país, el Ministerio Público y las Policías.

¿Quién debe proveer seguridad pública?

Según la Constitución, la Federación, las entidades y los municipios.

¿Qué es la seguridad pública?

Según la Constitución, ésta comprende desde la prevención de los delitos, la investigación y persecución, así como la sanción.

¿Quién debe preservar la seguridad nacional, seguridad interior y defensa ante amenazas del exterior?

Las Fuerzas Armadas bajo el mando del Ejecutivo.

Pero ¿cuál es la diferencia entre seguridad pública y seguridad interior?

Por increíble que parezca, nuestra Constitución es explícita en muchísimas cosas, pero no contiene una definición explícita sobre qué es seguridad interior.

FOTO: Especial

Diputados envían al Ejecutivo Ley de Seguridad Interior

¿Pero, en algún lado de la Constitución se sugiere que si los problemas de seguridad pública son sumamente graves, se puede involucrar al Ejército en labores policiales?

No.

¿Qué es la Ley de Seguridad Interior?

La Ley de Seguridad Interior es un conjunto de leyes que definen actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública en México y estipula en qué situaciones los militares pueden intervenir.

O sea, la Ley de Seguridad Interior propone regularizar la presencia del Ejército y la Armada en las calles.

**Dato** Hace ya 11 años que el Ejecutivo dispone de las Fuerzas Armadas como si fueran cuerpos policiales.

- En 2006, el presidente Felipe Calderón, del PAN, ordenó el despliegue de miles de soldados en Michoacán para combatir a los cárteles del narcotráfico. Luego fueron otros estados.

- Desde entonces, más de 750,000 efectivos del Ejército y la Armada han sustituido a la policía en cientos de municipios de todo el país.

¿De qué va?

El texto indica que: “las Fuerzas Armadas podrán intervenir en amenazas a la seguridad interior cuando estas comprometan o superen las capacidades de las autoridades, y cuando hayan amenazas originadas por la insuficiente colaboración de las entidades y municipios en la preservación de la seguridad nacional”.

El procedimiento

1. El Presidente podrá hacer una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, a petición de Congresos o Gobernadores, para que las Fuerzas Armadas intervengan en un territorio o zona geográfica específica, cuando se presenten Amenazas a la Seguridad Interior.

2. El Presidente de la República se auxiliará del Consejo de Seguridad Nacional para determinar la procedencia de la Declaratoria, y se expedirá dentro de las 72 horas siguientes, contadas a partir de recibir la solicitud.

3. Deberá notificarse por conducto de la Secretaría de Gobernación a la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

4. Cuando presenten una solicitud, los Congresos o Gobernadores deberán explicar las consideraciones que las motivan, así como una descripción detallada de los hechos o situaciones que constituyan una Amenaza a la Seguridad Interior.

5. El Presidente, designará a un Comandante de las Fuerzas Armadas participantes, quien dirigirá los grupos interinstitucionales.

6. La institución o autoridad coordinadora constituirá un grupo interinstitucional, para coordinar la realización de las Acciones de Seguridad Interior.

7. El titular de la autoridad coordinadora de las Acciones de Seguridad Interior, mantendrá informado al Presidente de las acciones realizadas, por conducto del titular de la Secretaría de Gobernación.

8. El titular de la Secretaría de Gobernación remitirá un informe a la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional.

Puntos clave de la Ley

1. El artículo 15 señala que la intervención de las Fuerzas Armadas en los estados y municipios tendrá una temporalidad de un año, sin embargo, este plazo puede prorrogarse por decisión del Presidente, si considera que la amenaza a la seguridad interior persiste en algún territorio de la república mexicana.

2. En el artículo 4 se autoriza el uso legítimo de la fuerza a las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, esto mediante tácticas, métodos, armamentos y protocolos de sus elementos para controlar, repeler, o neutralizar actos de resistencia, esto de acuerdo a sus características y modos de ejecución.

3. En el artículo 8 se precisa que las “movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político o electoral que se realicen de manera pacífica y conforme a la Constitución, bajo ningún motivo serán consideradas como amenazas, ni podrán ser materia declaratoria de protección a la seguridad interior”.

¿Qué nos preocupa?

1. La Ley de Seguridad Interior aprobada:

1. Amenaza los derechos humanos

2. No soluciona los problemas de inseguridad

3. No contiene contrapesos y controles para supervisar el despliegue militar extraordinario que impulsa

4. Eleva a rango legal una estrategia en materia de seguridad que ha fallado a la largo de la última década

5. Trastoca profundamente la relación cívico-militar, dotando de poderes sin contrapesos al sector militar lo que conlleva un riesgo sustantivo dada la fragilidad institucional de nuestro país.

FOTO: Especial

“Ley de Seguridad Interior, no es un cheque en blanco”: Cristina Díaz

2. La aprobación nos escuchó a las voces en contra:

- El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)

- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos

- Los relatores especiales de la ONU

- Los rectores de universidades nacionales

- Organizaciones internacionales de derechos humanos como Amnistía Internacional y Human Rights Watch

- Especialistas en derecho y en seguridad

- Víctimas de violaciones a derechos humanos

- Artistas; organización y civiles

- Y más de 250,500 personas que enviaron comunicaciones externando su preocupación.

Pocas veces en la historia reciente una pieza legislativa había despertado tan amplio consenso en cuanto a su rechazo.

No hubo Diálogo:

- El diálogo al que llamó el Presidente de la República, ante la CNDH y ante la sociedad, no tuvo lugar.

- Las mesas que se desarrollaron en el Senado fueron un mecanismo de simulación, y no un debate real sobre el contenido de la ley.

- Es falso que se hayan escuchado todas las voces y perspectivas.

El Senado no introdujo cambios reales a la Minuta aprobada en la Cámara de Diputados.

- Los nueve artículos y un transitorio en los que se realizaron correcciones superficiales no cambian los más graves aspectos de la Ley de Seguridad Interior.

- Es falso que se hayan atendido las preocupaciones expresadas durante el debate.

¿Las cosas pueden cambiar?

- La imposición de la Ley no está consumada.

- El Presidente de la República podría emplear su facultad de veto para detener la entrada en vigor de esta ley.

- Ante la improbabilidad de que esto ocurra, podrían activarse otros mecanismos para revisar la constitucionalidad y convencionalidad de la Ley, entre otros:

- La minoría legislativa podría presentar una acción de inconstitucionalidad

- La CNDH, también podría presentar dicha acción

- Los municipios y gobernadores, también podrían interponer una controversia constitucional.

Marcha vs la ley

- Organizaciones civiles, ciudadanos y políticos opositores marcharon este sábado en la CDMX, para exigir al Presidente Enrique Peña Nieto que vete la Ley de Seguridad Interior.

- La marcha empezó a las 12:00 horas en la Estela de Luz, con dirección a Los Pinos, y fue bloqueada por vallas de seguridad y decenas de granaderos.

Se acordó que el próximo miércoles 20 de diciembre, habrá otra marcha, en el Ángel de la Independencia, a las 16:00 horas

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

W Radio México
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad