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  • 08 SEP 2024, Actualizado 00:09

Firme la extradición de sobrino de Caro Quintero

Un tribunal federal rechazó invalidar el acuerdo que concedió la extradición a Estados Unidos de Rodrigo Omar Páez Quintero

Foto: Especial

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Rodrigo Omar Páez Quintero, alias “El R” y sobrino del conocido narcotraficante Rafael Caro Quintero, será extraditado a los Estados Unidos donde una Corte Federal del Distrito de Arizona busca juzgarlo por delitos contra la salud y asociación delictuosa.

Lo anterior debido a que un Tribunal Federal rechazó invalidar el acuerdo que concedió la extradición a Estados Unidos de Páez Quintero, quien es señalado como el presunto líder del “Cártel de Caborca”.

Por votación unánime, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México negó la protección de la justicia y confirmó la resolución dictada por el juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal, Juan Mateo Brieba de Castro.

Y es que el sobrino de Caro Quintero buscaba dejar sin efecto la resolución dictada por un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte, quien el 28 de junio de 2023 otorgó su extradición a las autoridades estadounidenses, así como su ejecución.

Consta en su expediente judicial, que uno de los alegatos de Páez Quintero fue que debió negarse la extradición, “porque es un hecho notorio las múltiples violaciones sistemáticas a los derechos humanos que sufren los mexicanos que se encuentran sujetos a proceso penal o cumpliendo una pena de prisión en Estados Unidos”.

Indicó que lo anterior, contraviene el artículo 10 Bis de la Ley de Extradición Internacional que señala que queda prohibido extraditar a una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estará en peligro de ser sometida a la tortura o desaparición forzada.

A pesar de ello, el juez de primera instancia señaló que dicho argumento resulta genérico, porque no explicó de manera concreta y fundada los motivos por lo que se puede inferir de manera razonable que su vida o integridad corren peligro.

“De ahí que en la forma en que lo plantea, el peligro al que alude resulta un acto futuro y realización incierta pues no existen elementos que den sustento a sus afirmaciones, por lo que constituyen apreciaciones subjetivas”, mencionó en su sentencia el juez Brieba de Castro.

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