Mantiene SCJN su criterio en contra del Reglamento de la Ley del Tabaco
El alto tribunal concedió en menos de un mes el cuarto amparo en contra de la norma

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volvió a fallar en contra de la constitucionalidad del Reglamento General para el Control del Tabaco, invalidando disposiciones que limitan el consumo de este producto en establecimientos mercantiles como restaurantes y hoteles, lo que constituye el cuarto amparo que concede en menos de un mes en contra de esta norma.
Con el único voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la sala resolvió los amparos en revisión 253/2024, 82/2024 y 243/2024, promovidos respectivamente por las empresas HK del Poniente, Privado Bosques de Las Lomas H19 y Grupo Posadas.
Durante la sesión pública y con el único voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la ministra lamentó que la Corte haya vuelto “a priorizar en tres asuntos, el derecho de libre comercio, sacrificando la salud de la población mexicana. En este caso con relación a la Ley General para el Control del Tabaco y el reglamento específico”, señaló la llamada “ministra del pueblo”.
Y es que dicho reglamento sólo cumple con lo que ordena la ley en materia de normar los espacios abiertos donde sí se puede consumir tabaco, protegiendo la salud de las personas no fumadoras que acuden a dichos establecimientos.
El proyecto del amparo 243/2024, presentado por la ponencia de la ministra Batres, que fue desechado por mayoría de cuatro votos, señala que; “Pues resulta falso que la reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco represente una prohibición absoluta al consumo de alimentos y bebidas, ya que lo que hace es reglamentar el espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y sus emisiones, al tratarse de espacios públicos”, defendió la ministra.
La propuesta explicaba que las porciones del reglamento impugnadas por las empresas quejosas facultan a sus establecimientos a disponer de espacios exclusivos para fumadores pues es evidente que permitir el consumo de tabaco cerca de donde se consumen alimentos genera una afectación a la salud de las personas no fumadoras.