Invalida SCJN ley electoral de Tlaxcala
Durante su sesión de este lunes los ministros del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron las reformas en materia electoral aprobadas en Tlaxcala el 26 de agosto pasado, luego de que el congreso local incurrió en violaciones al proceso legislativo.
Por ocho votos contra tres, el Pleno de Ministros señaló que la sesión donde se aprobó el Decreto 215, que reformó la ley electoral local, fue convocada y dirigida por una mesa directiva en cuya elección no se respetó la ley orgánica del poder legislativo del estado.
Mario Pardo Rebolledo ministro a cargo de la ponencia expuso que dicha ley establece que la mesa directiva debe ser electa por una mayoría calificada de cuando menos 17 de los diputados locales, pero los integrantes de dicho órgano directivo sólo fueron avalados por el voto de 15 de los legisladores presentes.
Esto puso en duda la legitimidad democrática con que se aprobó dicho decreto, se expuso en el pleno del alto tribunal, porque no hay seguridad de “que se haya respetado el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas en condiciones de libertad e igualdad.”
Debido a esta irregularidad, quedó invalidada toda la reforma y se ordenó la reviviscencia de la ley electoral anterior, cuyos preceptos deberán ser aplicados para la elección del próximo gobernador, diputados locales y 299 presidencias municipales de Tlaxcala.
Dichas reformas invalidadas contenían preceptos sobre el plazo de separación de los diputados locales que buscan su reelección, la integración de un lenguaje inclusivo y la paridad de género en las candidaturas a puestos municipales.