Licencia tipo A y B para scooters y bicis eléctricas: cuánto cuestan y cuál debes tramitar
¿Manejas una bici eléctrica o scooter en CDMX? A partir de julio necesitarás una licencia oficial

Las bicicletas eléctricas y scooters deben tramitar licencia en CDMX.
La Secretaría de Movilidad (Semovi) de la Ciudad de México ha dado un paso decisivo en la regulación del tránsito local. Ante el aumento de incidentes viales relacionados con vehículos de micromovilidad, a partir de julio de 2026 será obligatorio contar con una licencia específica para conducir scooters y bicicletas eléctricas que superen ciertas velocidades.
Este nuevo esquema no solo busca la recaudación, sino certificar que los conductores conocen el Reglamento de Tránsito y las normas de convivencia en la vía pública.
Licencia Tipo A o B: ¿Cuál te corresponde tramitar?
La principal duda entre los usuarios es bajo qué modalidad deben registrarse. La autoridad ha dividido la certificación en dos categorías fundamentales dependiendo del uso que se le dé al vehículo:
- Licencia Tipo A (Uso Particular): Está diseñada para ciudadanos que utilizan scooters o bicicletas eléctricas como su medio de transporte personal para ir al trabajo, escuela o por recreación. Es obligatoria para todos los vehículos que alcancen una velocidad superior a los 25 km/h.
- Licencia Tipo B (Uso Comercial/Mensajería): Esta categoría es exclusiva para quienes utilizan estos vehículos como herramienta de trabajo, principalmente repartidores de aplicaciones de comida y mensajería. Esta licencia exige un seguro de responsabilidad civil más robusto debido al tiempo que el conductor pasa en la calle.
Costos de las licencias para scooters y bicicletas eléctricas
Tras los ajustes inflacionarios anunciados en mayo, los precios para obtener estos documentos por un periodo de tres años han quedado definidos de la siguiente manera:
- Costo Licencia Tipo A: 1,049 pesos mexicanos.
- Costo Licencia Tipo B: 1,120 pesos mexicanos.
Es importante mencionar que aquellos conductores que ya cuenten con una licencia de motociclista vigente (Tipo A1 o A2) podrían quedar exentos de este trámite, siempre y cuando su documento especifique la capacidad de operar vehículos de dos ruedas motorizados.




