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  • 15 ENE 2025, Actualizado 05:15

Entre aplazamientos y falta de votos, naufraga abolición de prisión oficiosa en la Corte

Los poderes Ejecutivo y Legislativo trabajaron el año pasado para reformar el artículo 19 constitucional, pero no con miras a debilitar la prisión oficiosa sino a fortalecerla.

Entre aplazamientos y falta de votos, naufraga abolición de prisión oficiosa en la Corte

Entre aplazamientos y falta de votos, naufraga abolición de prisión oficiosa en la Corte / W Radio (Cuartoscuro)

La posibilidad de que la prisión preventiva oficiosa sea eliminada o limitada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está prácticamente muerta.

Pese a que desde hace un año hay proyectos listos que planteaban transformar esta medida cautelar luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a México por su uso abusivo y violatorio de garantías individuales, los constantes aplazamientos y desencuentros en el máximo tribunal, sumado ahora a la falta de votos necesarios, hacen virtualmente imposible que prospere.

Autoridades de la Corte informaron a Así las Cosas PM que siguen enlistados cuatro proyectos relacionados con prisión preventiva oficiosa que han recibido nuevas fechas para su posible discusión: se trata de la acción de inconstitucionalidad 49/2021 y el expediente sobre recepción de sentencias internacionales 3/2023, agendados para el martes 25 de febrero; y los amparos en revisión 284/2022 y 662/2023 agendados para la sesión del jueves 27 de febrero.

Las fechas, sin embargo, no garantizan que el pleno aborde su discusión porque, como ya se ocurrió el año pasado, los proyectos de la acción de inconstitucionalidad y el expediente sobre recepción de sentencias se fueron aplazando en múltiples ocasiones.

Mas allá del calendario, en las condiciones actuales los referidos proyectos carecen de los votos necesarios de los ministros para que prosperen, por lo menos a nivel constitucional. Ello ya que tras la salida y jubilación del ministro Luis María Aguilar en diciembre pasado, el bloque mayoritario se ha quedado con 7 de los 8 votos que necesita para, por ejemplo, declarar como válida la acción de inconstitucionalidad.

Así quedó de manifiesto en la votación del lunes pasado relacionada con las normas aprobadas en el llamado “viernes negro”, en las que las tres ministras del bloque pro-gobierno (Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres) votaron en contra de su anulación, mientras que a favor votaron 7 ministros, fallando así en lograr la mayoría calificada.

Casi con toda seguridad este sería el mismo escenario que va a ocurrir con la prisión preventiva oficiosa si se llega a ese punto de la votación. La ventana para lograr esa mayoría se cerró el año pasado”, dijo una fuente de la Corte con pleno conocimiento del caso.

La razón por la que el tema no se pudo desahogar en el 2023 es porque en el bloque mayoritario tampoco existía un consenso cerrado de como delimitar una figura que sí está contemplada en el artículo 19 constitucional y que luego de una primera reforma aprobada en 2019 amplió considerablemente el número de delitos por los cuales se debía aplicar esta medida cautelar.

Esa generalización en cuanto a la imposición de un encarcelamiento automático a personas solo por el hecho de ser imputadas de cierto número de delitos, sin otra justificación de por medio, es lo que detonó la sentencia de la Corte Interamericana en contra de México.

Como se dio cuenta en Así las Cosas PM, la propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat planteaba un reinterpretación del concepto de prisión oficiosa, mientras que otros como el del ministro Jorge Mario Pardo apuntaban hacia su eliminación siguiendo de forma estricta los lineamientos de la sentencia de la CIDH.

Ante la posibilidad de que uno de esos proyectos fuera aprobado el gobierno federal, la mayoría de los gobernadores y la mayoría oficial en el Congreso manifestaron públicamente su exigencia a la Corte de no acatar la sentencia internacional y no limitara la aplicación del encarcelamiento oficioso de personas.

México: el mundo al revés

En sentido contrario a lo ordenado por la Corte Interamericana, los poderes Ejecutivo y Legislativo trabajaron el año pasado para reformar el artículo 19 constitucional, pero no con miras a debilitar la prisión oficiosa sino a fortalecerla.

Así, en el último día de 2024 el Gobierno de México publicó las reformas aprobadas que amplían todavía más el catálogo de delitos que ameritan esta medida cautelar, lo que ha sido celebrado por el oficialismo como un fortalecimiento al combate de los “delitos graves”.

El 11 de enero la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) encabezada por Rosario Piedra Ibarra emitió un pronunciamiento en el que, contrario a la tradición de este organismo alineado a los principios de presunción de inocencia y progresividad de los derechos, respaldó las reformas constitucionales justificando la necesidad de tener claro el “contexto” de la situación del pañis, y acusando que hay expertos que caen en “divagaciones teóricas”· Incluso se refirió que el “sistema de justicia” es un obstáculo para la construcción de paz.

Dicho posicionamiento contradice lo que la propia Piedra Ibarra dijo cuando compareció el año pasado ante el Senado, sesión en la que expresamente refirió que “estaba en contra de aquella prisión preventiva que se aplica de manera oficiosa por imperio de la ley, vulnerando con ello diversos derechos humanos y la naturaleza propia del sistema de justicia”.

Cinco meses al alza

En todo ese contexto la cifra de personas privadas de su libertad en los centros penitenciarios del país acumula cinco meses consecutivos al alza, luego de una ligera reducción en junio de 2024, mes que cerró con 231 mil 952 reclusos. A partir de ahí el crecimiento mes a mes ha sido sostenido hasta llegar al arranque de diciembre de 2024 con 236 mil 3 internos.

Si los datos oficiales de diciembre confirman esta tendencia, significaría que 2024 cerró con más de 236 mil personas privadas de su libertad, la cifra anual más alta registrada desde 2015.

Cabe señalar que del total de personas recluidas 87 mil 308 que equivalen a casi el 37 por ciento son personas bajo proceso penal, en prisión preventiva, que siguen siendo legalmente inocentes pues no se les ha dictado sentencia.

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