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  • 03 ENE 2025, Actualizado 13:33

Da SAT prórroga para habilitar el Buzón Tributario

El organismo anunció que las multas de más de 11 mil pesos por no habilitar el Buzón Tributario, entran en vigor hasta 2026.

El SAT emitió una prórroga para la activación del "buzón tributario".

El SAT emitió una prórroga para la activación del "buzón tributario".

Luego de que el Sistema de Administración Tributaria, el SAT, anunciara multas de más de 11 mil pesos para los contribuyentes que no hayan activado su Buzón Tributario, este organismo fiscalizador anunció una nueva prórroga, para que todos los contribuyentes inscritos al RFC puedan habilitarlo en tiempo, en forma y sin prisas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las personas físicas y morales (empresas) tienen un año más para cumplir con dicha obligación fiscal y, con ello, evitar multas cuantiosas de más de 11 mil pesos.

“El SAT informa a los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario; incumplir con esta obligación fiscal, después de ese plazo será motivo de infracción” apuntó en un comunicado.

Esto último implica que todas las personas físicas –desde los trabajadores independientes, emprendedores, dueños de pequeños negocios y personas que obtienen ingresos a través de la renta de inmuebles– y todas las empresas serán objeto de multas a partir del 1 de enero de 2026.

El organismo recaudador dependiente de la Secretaría de Hacienda (SHCP) recordó que el Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes y tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura

El Servicio de Administración Tributaria señaló que, desde 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con excepción de:

Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos; las personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica; los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

Te puede interesar:

El Artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que los contribuyentes que no habiliten el Buzón Tributario y no registren o no actualicen los medios de contacto con el SAT, recibirán una multa de tres mil 850 a 11 mil 540 pesos.

Dichas sanciones serán aplicadas –a quienes no activen el Buzón– antes del 1 de enero de 2026, fecha en que vence el plazo de la última prórroga que concedió el SAT.

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