Pide exsocio de “El Mencho” a la SCJN atraer su amparo para no ser extraditado
Un juez federal le negó la protección de la justicia contra su traslado a Estados Unidos
Luego de que un juez federal le negara la protección de la justicia contra su traslado a Estados Unidos, donde es reclamado por la Corte Federal de Distrito para el Distrito de Columbia, para enfrentar acusaciones de tráfico de drogas entre 2003 y 2008, Erick Valencia Salazar, alias “El 85″, exsocio del líder del Cártel de Jalisco Nueva Generación (CJNG), Nemesio Oseguera Cervantes alias “El Mencho”, solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), atraer un amparo promovido por él en contra del acuerdo de extradición al vecino país del norte emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), en agosto del año pasado.
Como se recordará “El 85″ aprehendido en septiembre de 2022, en Tapalpa, Jalisco, mientras se encontraba vacacionando por elementos de la Fiscalía General de la República (FGR) quienes con esta acción cumplimentaron una orden de aprehensión con fines de extradición en su contra.
“Se niega el amparo, en contra de la resolución emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores, mediante la cual se concedió al Gobierno de los Estados Unidos de América la extradición internacional del quejoso para ser procesado ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito de Columbia, Estados Unidos de América”, se lee en la determinación del impartidor de justicia federal.
Por tal motivo, Valencia, se inconformó ante un Tribunal Colegiado, mismo al que solicitó que la Suprema Corte de Justicia ejerciera su facultad de atracción por considerar que el asunto reviste interés, trascendencia, complejidad y relevancia y en respuesta la Primera Sala del alto tribunal informó que recibió la petición “de ejercicio de la facultad de atracción 1323/2024, de cuyo contenido se aprecia que tuvo por recibida la petición de Marco Octavio Jonathan Cortés Rodríguez autorizado en términos amplios del quejoso Erik o Eric Valencia Salazar, para que ejerza de oficio su facultad de atracción a fin de conocer del presente recurso; asimismo, se puso a la consideración de los integrantes de la Primera Sala para que determinen si alguno estima hacerla suya”.