Robo de combustibles podría alcanzar pena de hasta 11 años
Las sanciones dependen del monto de litros robados y se aplicarán a todos, lo mismo a los despachadores que a los administradores de las gasolineras

Por Jaime Obrajero México.- Este jueves, la Cámara de Diputados aprobó diversos cambios legales para tipificar como delito grave, el robo de gasolina y diesel
Quienes incurran en este actividad ilícita serán sancionados como integrantes de la delincuencia organizada y recibirán penas de hasta once años de cárcel y multas por 13 mil días de salario mínimo
Serán considerados como “gasotraficantes” todos aquellos que resguarden, almacenen, transporten, oculten, suministren o distribuyan de manera ilícita, petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados
El diputado priísta Héctor García, quien presentó la iniciativa, dijo que el robo de combustibles es un problema de seguridad nacional que se ha incrementado de forma descomunal en los últimos 4 años, debido al aumento exorbitante de tomas clandestinas por parte del crimen organizado
“Los gasotraficantes son miembros de sociedades criminales que forman los distintos cárteles del país y que han encontrado la manera de obtener recursos a través de la sustracción, almacenamiento, distribución, suministro y venta ilegal de los combustibles. Ante esta problemática resulta necesario reforzar el marco legal para un adecuado combate de las conductas delictivas en materia de hidrocarburos”
Las sanciones dependen del monto de litros robados y se aplicarán a todos, lo mismo a los despachadores que a los administradores de las gasolineras y por supuesto a los traficantes de combustibles. Por ejemplo, cuando la cantidad robada sea menor a 300 litros, la pena será de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de 500 días de salario mínimo
Si es mayor de 300 litros, pero menor de mil, la sanción será de entre 2 y 4 años de cárcel. Cuando el robo sea mayor a mil litros, pero menor de dos mil, la pena será de cuatro a 10 años de prisión
Si la cantidad sustraída es mayor a dos mil litros, la reforma establece penas de prisión de hasta 11 años y 13 mil días de multa
En la reforma se establece que quien altere los equipos, instalaciones o ductos de la industria petrolera, sin consentimiento de quien legalmente pueda autorizarlo, será acreedor a una pena de cinco a 10 años de cárcel y de 200 a mil días multa
Las personas que comercialicen gasolinas o diesel, sin los equipos correspondientes para despachar el combustible, serán sancionadas con prisión de seis a 10 años
Si se trata del responsable de la franquicia, el contratista, permisionario o el distribuidor, se le impondrá, además, la suspensión de actividades, así como la disolución y liquidación de la sociedad
Estas disposiciones aprobadas en San Lázaro con 366 votos a favor, 28 en contra y 3 abstenciones, fueron turnadas al Senado de la República para su revisión



