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INE defiende la Unidad Técnica de Fiscalización tras polémica imposición de su nuevo titular

En medio de la impugnación de tres consejeros contra el nombramiento de Mario Alberto Alejo, el INE emitió un comunicado para ensalzar la labor de la Unidad Técnica de Fiscalización.

FOTO: INE/CUARTOSCURO.COM

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Ante las inconformidades de algunos consejeros por el nombramiento de Mario Alberto Alejo García al frente de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, este domingo el INE publicó un comunicado con el objetivo de destacar la labor de dicho órgano electoral.

¿Cuáles son las funciones clave de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE?

Después que los consejeros Martin Faz, Carla Humphrey y Arturo Castillo, impugnaron el nombramiento de Alejo, quien fungía como asesor del consejero Humberto Montaño, considerado incondicional de Guadalupe Taddei presidenta del Instituto Nacional Electoral.

El INE indicó quela Unidad Técnica de Fiscalización y la Comisión de Fiscalización verifican que la información financiera presentada por los partidos políticos cumpla con los requisitos previstos en la legislación electoral y que exista correspondencia entre las actividades realizadas y los recursos reportados.

Explicó que la supervisión financiera constituye un componente esencial de la transparencia electoral, ya que permite conocer el origen de los recursos utilizados y fortalecer la rendición de cuentas por parte de las organizaciones participantes.

Detalló que desde el momento en que notifican formalmente su intención de constituirse como Partido Político Nacional, las organizaciones adquieren responsabilidades específicas respecto del uso y administración de los recursos destinados a sus actividades.

Cuestionan si el nuevo titular cumple con los requisitos de la ley electoral

Sin referirse a la inconformidad que el nuevo titular de la Unidad Técnica no cumple con los requisitos del artículo 197 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el INE enfatizó que las organizaciones deben reportar periódicamente el origen y destino de los recursos empleados para la celebración de asambleas, con lo que se permite al Instituto fortalecer la confianza ciudadana en la legalidad de los procedimientos y en la correcta aplicación de las disposiciones previstas por la legislación electoral.

De acuerdo a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a pesar de que Alejo no contaba con el requisito legal de haber tenido cinco años de experiencia en un cargo directivo en materia de fiscalización, había fungido en ca cargos “susceptibles de considerarse equiparables a una responsabilidad directiva”.

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