Tendrán IMSS trabajadores de plataformas digitales
La presidenta Sheinbaum publicó en el DOF la reforma por la que se regulan los derechos de los repartidores de plataformas digitales.
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley Federal del Trabajo que regula los derechos de los trabajadores de plataformas digitales como Uber, DiDi, Rappi y otras.
Esta normativa establece que los repartidores deben percibir al menos el salario mínimo mensual en la Ciudad de México para ser considerados trabajadores independientes.
Los principales derechos laborales para repartidores son:
Indemnización: Tres meses de salario más 20 días de salario por cada año trabajado, considerando el tiempo efectivamente laborado; participación en utilidades, (aplica para quienes acumulen más de 288 horas anuales trabajadas) afiliación al IMSS: cobertura de seguridad social.
Seguro de vida: Protección en caso de fallecimiento; aguinaldo, pago de gratificación anual; descanso semanal y vacaciones pagadas; garantía de días libres; pago por horas extras; compensación por tiempo adicional
La reforma señala que solo 41% de repartidores de Apps, que ganan un salario mínimo, tendrán seguridad social, mientras que 59% está fuera.
El decreto también estipula que las empresas deben proporcionar a los trabajadores:
- Equipo de protección personal; Capacitación para realizar su trabajo de forma segura
Sin embargo, si un repartidor deja de laborar durante 30 días consecutivos, la relación laboral será terminada sin derecho a indemnización.
El trabajo en plataformas digitales deberá ser flexible y discontinuo, considerándose concluido al término de cada servicio.
Esta reforma entrará en vigor el 22 de junio de 2025, 180 días después de su publicación oficial.
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Con esta nueva reforma a la ley federal del trabajo, el gobierno busca equilibrar los derechos laborales de los repartidores y la naturaleza flexible del trabajo en plataformas digitales.