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  • 24 ABR 2024, Actualizado 11:39

IMSS obligatorio para trabajadoras del hogar ¡Lo que debes saber!

IMSS obligatorio para trabajadoras del hogar, conoce las cuotas, el seguro médico, salario y más sobre la ley de empleadas domésticas ¡Aquí!

Lo que debes saber sobre la incorporación al IMSS de empleadas del hogar

Lo que debes saber sobre la incorporación al IMSS de empleadas del hogar

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Dra. Gloria Arellano abogada, egresada de la Escuela Libre de Derecho, con Maestría y Doctorado por la Universidad Panamericana, Especialidades de Derecho Laboral, Derecho Económico Corporativo y Amparo. Coautora del libro "Estudio e Interpretación de la Nueva Ley del Seguro Social". Miembro de la Barra Mexicana Colegio de Abogados

Tw: @sanchezarellan0 // sanchezarellanoabogs.com // 55 64 22 62

CONTEXTO

El pasado 31 de marzo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) arrancaron lanzaron el programa piloto de Incorporación de las Trabajadoras del Hogar al IMSS.

Es un tema que ha provocado mucha inquietud, y por eso, invitamos a la Tía Yoya para que nos cuente de qué va, qué fallas tiene y que les urge saber.

¿De qué va este programa de incorporación de las trabajadoras domésticas al IMSS?

Será a partir del 1 de mayo cuando las trabajadoras del hogar empezarán a recibir los beneficios

El registro empezó el 1 de abril.

Sus principales lineamientos:

Establecen un "régimen especial opcional de seguridad social" que ampara a los trabajadores domésticos.

La afiliación al IMSS de los trabajadores domésticos se puede realizar por:

Los patrones que "podrán optar por afiliar a los trabajadores domésticos

Los propios trabajadores domésticos.

En caso de que el trabajador doméstico tenga más de un patrón, el propio trabajador será quien deberá informar al IMSS el número de patrones, sus nombres completos, los domicilios donde trabaja, de manera opcional, la CURP de cada uno de sus patrones.

La afiliación al IMSS de los trabajadores domésticos estará hecha cuando el patrón o el trabajador doméstico tengan el formato de pago de las cuotas obrero patronales, por medio del sistema que el IMSS ponga a su disposición, y teniendo previamente el Número de Seguridad Social del trabajador doméstico

El patrón o los patrones deberá cubrir el monto correspondiente al pago de cuotas obrero patronales por mes anticipado, debiendo ser pagadas a más tardar el día 20 de cada mes de calendario, para que la cobertura del IMSS inicie el primer día calendario del mes inmediato siguiente al pago.

El salario base de cotización de los trabajadores domésticos deberá considerar el monto de su salario integrado, incrementado por un 50% si percibe alimentos y habitación por parte del patrón.

Las cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo se calcularán con el porcentaje del 0.54355%, correspondiente a la clase I de riesgo.

Si el trabajador doméstico labora exclusivamente para un patrón (de planta o de entrada por salida) el patrón deberá enterar la totalidad de las cuotas del mes. Si el trabajador doméstico trabaja con más de un patrón, cada patrón deberá pagar las cuotas proporcionales que les correspondan.

Esta prueba piloto para la afiliación de trabajadores domésticos al IMSS se realizará únicamente en los plazos que por internet dé a conocer el IMSS en su página web www.imss.gob.mx, lo cual no ha sucedido todavía.

¿Cuáles son las ilegalidades de esta incorporación?

OJO, este programa piloto del IMSS para la incorporación de trabajadores domésticos al Seguro Social está plagado de ilegalidades:

Es un programa que ordenó abrir la H. Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la resolución de un amparo directo, siendo que el máximo tribunal NO tiene facultades legales para ordenar la apertura de un programa como éste.

Suponiendo, sin conceder, que la Corte sí tuviera facultades, lo que debió haber "ordenado" o "sugerido" es que el Congreso de la Unión modificara la Ley del Seguro Social, para volver obligatoria la afiliación de los trabajadores domésticos, ya que hasta la fecha NO es obligatoria, sino únicamente se pueden asegurar en el régimen voluntario.

Es una notoria ilegalidad facultar a los trabajadores domésticos a que se puedan afiliar al IMSS SIN el consentimiento ni conocimiento de sus patrones. Por tanto, en el caso de que esto ocurra, los patrones tendrán todo el derecho de manifestar que no tienen ninguna obligación legal de afiliar a sus trabajadores domésticos al IMSS y oponerse a la afiliación que indebidamente pretenda hacer el IMSS por solicitud del trabajador doméstico.

Que se pretenda que los patrones absorban las cuotas obreras de los trabajadores domésticos (excepto cuando éstos perciban un salario mínimo).

Que no se permita a los patrones descontar las ausencias de los trabajadores domésticos.

Que se pretenda que los patrones de los trabajadores domésticos paguen las cuotas obreros patronales por adelantado.

Los patrones que voluntariamente decidan incorporarse a este programa piloto, deberán considerar también los siguientes riesgos adicionales en que incurrirían:

El riesgo de tener que pagar las aportaciones al Infonavit.

El riesgo de tener que pagar el impuesto sobre nóminas.

El riesgo de tener que enterar al SAT las deducciones de impuesto sobre la renta del salario que paguen a los trabajadores domésticos.

El riesgo de tener que atender las inspecciones laborales y las visitas domiciliarias de las autoridades laborales, del IMSS y del Infonavit.

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