Gobierno de AMLO validó entrega del Viaducto Bicentenario a OHL
Los magistrados de un tribunal señalaron omisiones de la FGR al no investigar o acusar a funcionarios federales que validaron una concesión que provino de un procedimiento que era irregular.
Gobierno de AMLO validó entrega del Viaducto Bicentenario a OHL.
La administración del presidente Andrés Manuel López Obrador, a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT antes SCT), dio validez legal a la concesión que el gobierno del Estado de México entregó en 2008 a la empresa OHL (hoy Aleática) para la construcción y explotación del Viaducto Bicentenario.
Esta validación, suscrita a través de un convenio firmado en 2020 por el entonces titular de a SICT, Jorge Arganis, y que no ha sido desconocida hasta la fecha por su sucesor Jorge Nuño, regularizó una concesión que según la FGR no había sido entregada por una autoridad competente, y enterró la posibilidad de acusar a la empresa y a exfuncionarios mexiquenses de haber explotado de forma ilícita un bien de la nación.
Así lo concluyeron de forma unánime tres magistrados del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito al desechar la apelación promovida por la Fiscalía General de la República (FGR) para que el caso de la concesión presuntamente ilegal del Viaducto Bicentenario no fuera cerrado.
Los magistrados advirtieron que los fiscales federales fueron omisos al no haber procedido y llamado a cuentas a los funcionarios federales de la SICT que convalidaron la concesión del Viaducto Bicentenario, pese a que la teoría del caso de la propia fiscalía sostiene que dicho convenio es una simulación y es ilegal.
Es decir, la FGR acusó que el convenio de 2020 carecía de validez y probaba una supuesta asociación delictiva, pero de forma inexplicable, no quiso proceder en contra de la principal autoridad que reconoció la validez de toda la operación del Viaducto: la SICT del gobierno de López Obrador.
Hasta la fecha, el gobierno federal no ha denunciado ni ha acompañado a la FGR en este caso ni ha desconocido el convenio, y pese a ello los fiscales omitieron considerarlos como responsables.
“Las manifestaciones que hace la representación social (FGR) de forma genérica y relacionadas con el actuar de los funcionarios del Estado de México, pero sin atender a la participación de los servidores Federales, no permiten a este Tribunal Colegiado de Apelación analizar la legalidad de la resolución apelada; lo que hace evidente lo inoperante de sus agravios”, concluye la sentencia.
Así las Cosas PM tuvo acceso al documento completo de la resolución adoptada por la magistrada Sara Olimpia Reyes García, y los magistrados Jorge Mario Montellano Iturralde y Josué Garduño Sánchez. A continuación, se detallan los puntos clave.
El contexto
El 13 de marzo de 2024 un juez federal negó la petición de la FGR de abrir un proceso penal en contra de seis personas, entre exdirectivos de OHL y exfuncionarios del gobierno del estado de México, por la presunta explotación ilegal del Viaducto Bicentenario, construido sobre la carretera federal México-Querétaro.
Como dimos a conocer en este noticiero el juez consideró que el documento del referido convenio de 2020 firmado entre la SICT y el gobierno del estado de México, aportado por la propia FGR en el proceso, regularizaba la situación del Viaducto. Por ello el juez ordenó incluso el cierre de la investigación.
La resolución molestó a la Fiscalía que además de apelar la decisión emitió sendos comunicados acusando al juez de actuar ilegalmente. El abogado Paulo Diez, quien ha impulsado las denuncias en contra de OHL (dado que el gobierno federal no lo ha hecho) también criticó la decisión y el hecho de que se le reconociera validez a un documento que él califica como “convenio de la vergüenza”.
La decisión: SCT sí validó
En su resolución los magistrados consideraron que la decisión que tomó el juez federal de desechar el caso estuvo bien fundamentada pues se realizó sobre los elementos que los propios fiscales aportaron, así como de los que omitieron.
El tribunal retomó el argumento del juez en el sentido de que, a la luz de las pruebas aportadas, el Viaducto Bicentenario sí es una vía federal construida sobre una carretera federal y, para la cual, no se emitió en su momento algún título de concesión por parte de una autoridad federal. Ello ya que fue el gobierno del estrado de México quien lo concedió en 2008 al amparo de un permiso previo de la década de los 80.
Sin embargo, como dijo el juez y respaldaron los magistrados, esta inconsistencia fue subsanada en 2020 por el convenio que firmó entonces secretario de Comunicaciones y Transporte federal, Jorge Arganis Díaz Lea, junto con tres funcionarios más de dicha dependencia federal.
Un convenio que, hasta la fecha. No ha sido desconocido por el gobierno federal ni por el actual titular de la SICT, Jorge Nuño Lara.
Es decir, los magistrados y el juez concluyeron que fue el propio gobierno federal el que a través de ese convenio de 2008 convalidó las anomalías que se habían presentado en el proceso, situación que impide considerarlo ilícito como pretendía la FGR de forma unilateral.
“Esto es, el juez del proceso expone que si bien existe un título de concesión expedido el siete de mayo de dos mil ocho, por una autoridad incompetente para otorgarlo —Gobierno del Estado de México—; no menos lo es que estima que dicha infracción se subsanó mediante el convenio de colaboración y coordinación de acciones de uno de octubre de dos mil veinte, por el Secretario de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por lo cual ahora hay un permiso otorgado por una autoridad competente para que los implicados explotaran el tramo elevado de dicha autopista”, señala la resolución.
Los magistrados también advierten que con la firma de este convenio la administración del presidente López Obrador, a través de la SICT, convalidó la construcción y explotación que ha hecho Aleática desde el 2008 y hasta la fecha.
“El convenio que realizaron con el Gobierno del Estado de México en esa data, se convalidó el primero de octubre de dos mil veinte, lo cual indica que la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes en representación del Ejecutivo Federal perfeccionó ese título que se llevó desde el año dos mil ocho, por lo cual contaban desde esta data con permiso para poder explotar la preindicada autopista México-Querétaro en el tramo elevado Viaducto Bicentenario, de lo contrario no se hubiere convalidado ese convenio o bien se habría señalado que ello iniciaría a partir del primero de octubre de dos mil veinte”, indica la resolución.
La omisión: FGR no acusó
En su apelación la FGR expone una serie de argumentos por los cuales considera que la concesión del Viaducto Bicentenario no es válida. Sin embargo, a juicio de los magistrados, se trata de aseveraciones redundantes o carentes de fondo que no atacan el principal problema: que la SICT validó en 2020 la operación de dicha vía en manos de Aleática.
En este caso, señalaron los magistrados, era necesario que la FGR no solo se limitara a señalar a exfuncionarios del estado de México que firmaron el convenio, sino a identificar y no omitir a la parte principal del caso: el gobierno federal. Ello ya que fue justo la SICT la que dio validez a la explotación del Viaducto con el convenio cuestionado por los fiscales.
“Lo anterior es así, pues si bien se advierte que varios de los agravios del fiscal se enfocan en la participación de un servidor del Estado de México, no menos lo es que la convalidación y continuación de la empresa participante, no es exclusivamente por
la participación del servidor de la entidad, sino por el actuar de los representantes de una Secretaría Federal en representación del Ejecutivo”, señala la resolución.
En ese contexto, los magistrados concluyen que la omisión de los fiscales de no proceder en contra de los funcionarios federales que dieron validez al convenio en el esquema de asociación delictiva, sumado a que el gobierno federal no ha desconocido ni denunciado dicho convenio, impide que el caso pueda continuar.
“De esta manera, las manifestaciones que hace la representación social de forma genérica y relacionadas con el actuar de los funcionarios del Estado de México, pero sin atender a la participación de los servidores Federales, no permiten a este Tribunal Colegiado de Apelación analizar la legalidad de la resolución apelada; lo que hace evidente lo inoperante de sus agravios”, concluyeron los magistrados.
¿Caso cerrado?
Con la determinación adoptada por los magistrados la FGR se ha quedado sin mayores recursos para intentar que este proceso salga adelante.
Una posibilidad, que señaló Paulo Diez en sus redes, es que sea el gobierno en calidad de víctima quien a través de una demanda de amparo intente que sea otro tribunal quien revise esta situación, como ha ocurrido con el caso Odebrecht por ejemplo.
Sin embargo, esta luce poco probable porque fue la propia administración federal la que convalidó la operación del viaducto en manos de Aleática, y hasta ahora la SICT no ha querido intervenir en forma alguna en el proceso.
Diez insiste en que aun así las resoluciones judiciales han dado cuenta de que los permisos que originalmente obtuvo OHL en 2008 fueron ilegales, y que eso no se subsana con el convenio de 2020. Señaló que se estudiarán otras opciones para proceder en consecuencia.