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  • 22 DIC 2024, Actualizado 11:48

Valida SCJN Ley de la Industria Eléctrica

No se alcanzó la mayoría para declararla inconstitucional

Valida SCJN Ley de la Industria Eléctrica

Valida SCJN Ley de la Industria Eléctrica(FOTO: Cuartoscuro)

México

Durante su sesión de este jueves el pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no pudo alcanzar la mayoría calificada para declarar inconstitucional la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), por lo que esta continuará vigente.

Y es que únicamentesiete de los 11 ministros de la corte se pronunciaron por declarar la inconstitucionalidad de las fracciones de la LIE que consideran vulneran la libre competencia y dejan en desventaja a las llamadas “energías limpias”, quedándose a un voto de los ochos requeridos para que este tribunal pleno pudiera invalidar una norma ya vigente.

A la hora de votar fue el voto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena el que inclinó la balanza al afirmar que el artículo 27, fracción VI de la Constitución, define al servicio público de electricidad como una actividad exclusiva del Estado y que por tanto el legislador puede definir libremente el modelo a seguir para garantizarlo. En esta actividad “el libre mercado no puede ser una regla”, afirmó.

Y es que entre la sesión del pasado martes pasado y la de este jueves se manifestaron por la invalidez de la LIE los ministros y ministras Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcantará Carrancá, Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán.

Los cuatro votos con el proyecto fueron, por supuesto de la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, de Yasmín Esquivel Mossa, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Los ministros que votaron contra el proyecto coincidieron en señalar que no le corresponde a la SCJN determinar cuál es el mejor sistema de generación de electricidad ni la política pública sobre este tema, pues su labor se debe restringir a determinar si la LIE es congruente con la Constitución y con la reforma energética de 2013, aún vigente.

En la sesión de este jueves, el ministro Pardo señaló que con la LIE “se priva a los consumidores de acceder a energías más limpias y más baratas”, pues se relega a los generadores solares y eólicos debido a su costo y carácter intermitente.

Por su partez, la ministra Piña señaló que esta falta de estímulos a las energías limpias hace que la LIE sea contraria no solo a la Constitución, sino también al Acuerdo de París, suscrito por México, y que obliga a disminuir el consumo de combustibles fósiles y alentar las energías sustentables.

Por su parte, el ministro Aguilar señalo que, conforme a la reforma energética de 2013, hay que establecer las bases para la competencia y libre concurrencia y desarrollo sustentable y limpio, objetivos que la LIE no contempla.

La ministra Ríos insistió en que la SCJN debe partir del marco constitucional vigente, que incluye la reforma energética de 2013, por lo que también anunció su voto por declarar la inconstitucionalidad de las fracciones de la LIE que limitan la libre competencia.

En ese mismo sentido, el ministro Pérez Dayán señaló que la LIE dificulta la política de libre concurrencia: “Si la constitución llegara a cambiar, entonces tendríamos que hacer un análisis bajo un nuevo parámetro, mientras tanto eso no suceda, no se realizará así.”

En tanto, La ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que la Constitución no puede tener la finalidad de asegurar jugosas ganancias a los particulares.

A esta postura se añadió el voto del ministro presidente, Arturo Zaldívar, quien dijo que la competencia económica no es un derecho absoluto y menos en un área como la generación de electricidad cuya rectoría corresponde al Estado, con base en la Constitución.

Estos resultados de la votación de los ministros de la SCJN significan que las impugnaciones a la LIE se desestiman, por lo que la SCJN no emitirá ninguna jurisprudencia sobre su validez y deja abierta la puerta para que continúen los juicios de amparo que la impugnan, y los juzgados y tribunales puedan emitir de manera libre y autónoma sus fallos, caso por caso

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