• 30 ABR 2024, Actualizado 08:37

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Recibe Cámara de Diputados minuta de la Ley de Revocación de Mandato

El Senado de la República aprobó La ley Federal de Revocación de Mandato la madrugada del pasado viernes

Ciudad de México

Este lunes, la Cámara de Diputados recibió la minuta de la Ley Federal de Revocación de Mandato que aprobó el Senado de la República, la madrugada del pasado viernes.

El proyecto fue publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, para darle trámite durante la sesión ordinaria que se llevará a cabo este martes.

A propósito el presidente de la Mesa Directiva, el morenista Sergio Gutiérrez Luna, escribió en su cuenta de twitter.

“Hemos recibido del @senadomexicano la minuta sobre la Ley Federal de Revocación de Mandato”.

En la gaceta parlamentaria, se define a la revocación de mandato como el instrumento de participación ciudadana para determinar la conclusión anticipada del mandato del Presidente de la República, a partir de la pérdida de confianza.

De acuerdo con lo aprobado por los senadores y que podría ser ratificado por los diputados, se prevé someter a consideración de los ciudadanos la siguiente pregunta :

“¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

Las respuestas posibles serán:

“Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza” o “Que siga en la Presidencia de la República”.

Se establece que la consulta de revocación de mandato se celebrará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales federal o locales.

También se destaca que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso y se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público y del financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes o sus actividades tendientes a la obtención del voto.

Por su parte, el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.