• 20 AGO 2026, Actualizado 19:12

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Pensión del Bienestar 2026: qué es el pago de marcha y quién puede recibir hasta 3,200 pesos

Muchas familias desconocen que la Pensión Bienestar contempla un apoyo económico tras el fallecimiento de una persona beneficiaria. El pago de marcha puede alcanzar los 3,200 pesos, pero no cualquier familiar puede recibirlo

El pago de marcha de la Pensión Bienestar puede alcanzar hasta 3,200 pesos y se entrega por única ocasión a la persona auxiliar registrada tras el fallecimiento de la persona beneficiaria.

Además de los depósitos bimestrales que reciben millones de beneficiarios en México, los programas de la Secretaría de Bienestar contemplan un apoyo que no todos conocen y que puede solicitarse cuando fallece una persona derechohabiente.

Se trata del pago de marcha, un apoyo económico que se entrega una sola vez a la persona auxiliar que fue registrada previamente dentro del programa. Pero hay una condición importante que muchas familias desconocen y es que no basta con ser familiar de la persona beneficiaria para recibir este dinero.

Por eso, si una persona beneficiaria de la Pensión Bienestar 2026 falleció recientemente, vale la pena que sepas quién puede solicitar el apoyo, cuánto dinero se entrega y cuál es el plazo para hacer el trámite.

¿Qué es el pago de marcha de la Pensión Bienestar?

El pago de marcha es un apoyo económico que entrega el Gobierno de México cuando fallece una persona inscrita en alguno de los programas de pensiones para el Bienestar, como:

  • Pensión para las Personas Adultas Mayores.
  • Pensión para Personas con Discapacidad Permanente.
  • Pensión Mujeres Bienestar.

La idea es entregar un apoyo económico por única ocasión a la persona que acompañaba a la persona beneficiaria y que fue registrada formalmente como auxiliar ante la Secretaría de Bienestar.

Este dinero no corresponde a otro pago bimestral ni se considera parte de una herencia de la pensión.

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Pensión del Bienestar: ¿quién puede recibir el pago de marcha en 2026?

El pago de marcha únicamente puede entregarse a la persona auxiliar que haya sido registrada previamente por la persona beneficiaria dentro del programa.

Esto quiere decir que ser hijo, hija, cónyuge, hermano o cualquier otro familiar no garantiza que puedas recibir el apoyo si tu nombre no aparece registrado como auxiliar.

¿Cuánto dinero da el pago de marcha en 2026?

El monto depende del programa al que pertenecía la persona beneficiaria. Los apoyos vigentes durante 2026 son:

  • Pensión para las Personas Adultas Mayores, 3,200 pesos.
  • Pensión para Personas con Discapacidad Permanente, 1,650 pesos.
  • Pensión Mujeres Bienestar, 1,550 pesos.

El dinero se entrega una sola vez y no genera pagos posteriores.

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Requisitos para solicitar el pago de marcha de la Pensión Bienestar

La persona auxiliar tendrá que comprobar tanto su identidad como el fallecimiento de la persona beneficiaria.

Para ello deberá presentar:

  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de defunción en original.
  • O bien, una constancia médica emitida por una institución pública que certifique el fallecimiento.

El trámite puede iniciarse por teléfono con la Secretaría de Bienestar o directamente en un módulo de atención.

Pago de marcha Pensión Bienestar: ¿cuál es la fecha límite para solicitarlo?

La solicitud debe hacerse dentro de los dos bimestres posteriores al fallecimiento de la persona beneficiaria. Si el fallecimiento no se reporta dentro de ese periodo, se pierde el derecho al pago de marcha.

Una vez realizado el trámite y validada la información, el apoyo económico se entregará durante el siguiente bimestre disponible.

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¿Dónde se solicita el pago de marcha?

La persona auxiliar puede iniciar el trámite de dos formas:

  • Llamando al teléfono 800 63 94 264.
  • Acudiendo directamente a un módulo de atención de la Secretaría de Bienestar.

¿Se puede seguir cobrando la Pensión Bienestar después del fallecimiento?

Las reglas de operación establecen que los pagos de la pensión no pueden seguir cobrándose después del fallecimiento de la persona beneficiaria.

Tampoco es posible reclamar depósitos correspondientes a bimestres posteriores ni pedir que la pensión se entregue como parte de una herencia.

Por eso, si tu familiar recibía alguna de estas pensiones y falleció recientemente, es importante informar a la Secretaría de Bienestar cuanto antes. Así puedes evitar problemas con el registro y, si eres la persona auxiliar registrada, hacer el trámite del pago de marcha dentro del plazo establecido.

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