¿Qué pasará con tu Afore? La Suprema Corte avala que recursos no reclamados pasen al Fondo de Pensiones
El Pleno de la SCJN declaró la constitucionalidad de las reformas que crearon el Fondo de Pensiones para el Bienestar y validó la transferencia de los recursos no reclamados de las subcuentas de retiro, cesantía y vejez administradas por las Afores a los 70 años (IMSS) y 75 años (ISSSTE).

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la transferencia al Fondo de Pensiones para el Bienestar de los recursos de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez administrados por las Afores, cuando no hayan sido reclamados por los trabajadores al alcanzar los 70 años en el caso del IMSS y los 75 años para quienes están afiliados al ISSSTE.
El Pleno analizó la Acción de Inconstitucionalidad 116/2024, promovida por legisladores federales que cuestionaron la constitucionalidad de la reforma que creó el Fondo y estableció el mecanismo para trasladar recursos de cuentas inactivas.
El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf planteó reconocer la validez del decreto publicado en abril de 2024. La Corte sostuvo que el mecanismo no implica una apropiación de los ahorros por parte del Estado ni la pérdida del derecho de propiedad de los trabajadores.

¿Los trabajadores pierden sus ahorros cuando pasan al Fondo de Pensiones?
Uno de los puntos centrales de la resolución es que el traslado de los recursos no significa que los trabajadores pierdan sus ahorros.
La Corte precisó que los recursos continúan perteneciendo a sus titulares o, en su caso, a sus beneficiarios, y pueden solicitar su devolución aun después de que hayan sido transferidos al Fondo.
La legislación, además, contempla la constitución de una reserva para atender las solicitudes de devolución que presenten trabajadores o beneficiarios. El proyecto de sentencia señala expresamente que los recursos permanecen vinculados al derecho de sus titulares y que el Fondo tiene la obligación de atender las reclamaciones correspondientes.
En otras palabras, lo que cambia es la institución que administra los recursos, no la titularidad del dinero.

¿Cuánto dinero tiene el Fondo de Pensiones para el Bienestar?
Y es que de acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda reportada este miércoles, al cierre del primer semestre de 2026 el Fondo de Pensiones para el Bienestar tenía un saldo de 61 mil 616 millones de pesos.
Durante los primeros seis meses del año recibió cinco mil 613 millones de pesos, de los cuales cinco mil 559 millones correspondieron a transferencias de cuentas inactivas del Sistema de Ahorro para el Retiro y 54 millones a adeudos del ISSSTE.
Hacienda también informó que el Fondo ha devuelto cinco mil 940 millones de pesos a beneficiarios de cuentas de Afores que fueron transferidas.

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¿Qué determinó la Corte sobre las cuentas inactivas?
La Acción de Inconstitucionalidad 116/2024 fue presentada por diputadas y diputados federales que cuestionaron el mecanismo, particularmente por considerar que podría afectar el derecho de propiedad sobre los recursos de las cuentas individuales.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf admitió a trámite la impugnación en junio de 2024 y posteriormente elaboró el proyecto que fue llevado al Pleno.
El proyecto establece que el Fondo recibe, administra, invierte y entrega los recursos conforme a las disposiciones legales y que éstos deben permanecer destinados a sus fines. También contempla mecanismos de reserva para responder a las solicitudes de devolución.
Con la decisión de este miércoles, la Suprema Corte mantiene vigente el esquema mediante el cual los recursos de cuentas inactivas pueden ser transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin que ello extinga el derecho de los trabajadores o sus beneficiarios sobre esos recursos.
El fallo deja así un mensaje central: las Afores pueden transferir los recursos bajo los supuestos establecidos por la ley, pero el trabajador conserva el derecho a reclamar su dinero.



