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  • 23 ABR 2024, Actualizado 13:58

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Suprema Corte de Justicia de la Nación. Decreto AMLO sobre Ejército en tareas de seguridad no es violatorio: SCJN

El acuerdo, promulgado el 11 de mayo de 2020, “no materializa una violación al principio de división de Poderes”, sostiene el Alto Tribunal

Decreto AMLO sobre Ejército en tareas de seguridad no es violatorio: SCJN

Decreto AMLO sobre Ejército en tareas de seguridad no es violatorio: SCJN(Fotos: Cuartoscuro (archivo))

Ciudad de México

De acuerdo con un proyecto de resolución presentado por la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Margarita Ríos Farjat y que será votado este miércoles ante el pleno de la Primera Sala del máximo tribunal, el decreto presidencial que permite a las Fuerzas Armadas participar en tareas de seguridad pública no viola la Constitución.

Y es que la propuesta de la ministra Ríos Farjat, sostiene que el acuerdo promulgado el 11 de mayo de 2020, “no materializa una violación al principio de división de Poderes”, como alegaban diputados de oposición, quienes promovieron en junio del año pasado la controversia constitucional 90/2020.

En su proyecto de resolución la ministra Ríos Farjat solamente se encarga de responder a los puntos controvertidos por los diputados, quienes argumentaban que una disposición de este tipo requería de haber sido votada y aprobada por el Poder Legislativo.

Sin embargo el acuerdo impugnado permite la actuación tanto de elementos del Ejército como de la Armada en tareas de seguridad pública “de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, esto con el objetivo de que pudieran contribuir a fortalecer a la Guardia Nacional, reza dicho acuerdo.

Y aunque el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat requiere para ser aprobado su del voto de cuando menos tres de los cinco ministros de la Primera Sala, cabe la posibilidad de que por la trascendencia del tema su resolución sea enviada al Pleno de la SCJN.

Como se recordará hubo otro asunto similar, cuando un amparo promovido por una asociación civil, que en junio pasado fue analizado por la Segunda Sala, los ministros decidieron dejar su resolución al Pleno.

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