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  • 29 MAR 2024, Actualizado 09:17

Ley Transparencia

Ley Transparencia. Reforma a Ley de Adquisiciones Públicas no exceptúa contrataciones en salud

Este mecanismo requerirá de la máxima publicidad, considera la consejera del instituto Blanca Lilia Ibarra Cadena.

Reforma a Ley de Adquisiciones Públicas no exceptúa contrataciones en salud

Reforma a Ley de Adquisiciones Públicas no exceptúa contrataciones en salud(FOTO: Cuartoscuro (Archivo))

Si bien la reforma publicada el 29 de julio busca agilizar la adquisición de productos de salud, “este mecanismo requerirá de la máxima publicidad de parte de las autoridades requirentes de los insumos y de la corresponsabilidad de los proveedores”, subrayó.

Al participar en el foro virtual Garantía de transparencia en contratos del sector público, implicaciones con el T-MEC e interacción con leyes relacionadas, convocado por la Comisión de Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados, para discutir y analizar las modificaciones a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, Ibarra Cadena señaló que la entrada en vigor del T-MEC incide también en la transparencia de las contrataciones públicas, pues en su capítulo 13 establece disciplinas para promover la transparencia e igualdad de oportunidades para la participación de los proveedores de las partes en los procedimientos de contratación.

Recordó que entre las principales disposiciones del T-MEC en materia de contrataciones públicas, se encuentran la obligación de transparentar los procedimientos, dando a conocer el ganador y la información sobre la adjudicación, así como incorporar medidas anticorrupción en los procesos de contratación.

La Comisionada del INAI expuso que en el país la Ley General de Transparencia establece que en el caso de adjudicaciones directas se debe publicar en la Plataforma Nacional de Transparencia, la propuesta enviada por el participante; las cotizaciones consideradas, especificando nombres de proveedores y montos; nombre de la persona física o moral adjudicada; monto del contrato y plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra, informes de avances, entre otros datos.

“Además, los sujetos obligados deberán publicar un padrón de proveedores con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de naturaleza pública y estarlos actualizando cada tres meses”, apuntó.

Blanca Lilia Ibarra consideró fundamental transparentar los procesos de adquisiciones, pues de acuerdo con datos de Transparencia Mexicana, en el país las contrataciones públicas representan aproximadamente el 11.9 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) y comprenden el 22 por ciento del presupuesto destinado a la Administración Pública Federal.

Planteó que, en el contexto de la pandemia, cada día se requieren más recursos para la atención médica de la población; pero se han ampliado los rubros de gasto, especialmente en el sector de infraestructura, donde se empiezan a observar contratos vinculados con la recuperación económica del país.

Ante la necesidad de transparentar los contratos relacionados con la pandemia y sus efectos, el INAI, con el acompañamiento de organizaciones de la sociedad civil, impulsa la herramienta “Contrataciones Abiertas”, que permite mostrar de forma clara todas las etapas del proceso de adquisición.

Explicó que esta herramienta fue desarrollada por el Instituto y puede ser transferida sin costo alguno a cualquier institución pública.

Ibarra Cadena reconoció que las instancias del Poder Legislativo obtuvieron un índice de cumplimiento del 100 por ciento en la obligación de transparencia relativa a contrataciones mediante adjudicación directa, invitación restringida y licitación, de acuerdo con la verificación que llevó a cabo el INAI en 2019.

Comisión de Transparencia y Anticorrupción, de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción y de la Comisión Federal de Competencia Económica.

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