Ratifica ALDF prohibición de fumar en lugares cerrados
Con 44 votos a favor, 14 en contra y dos abstenciones, los legisladores determinaron prohibir el consumo del tabaco en lugares como restaurantes, bares, oficinas, escuelas y hospitales
México, febrero 26, 2008.- El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó las reformas legales para prohibir fumar en lugares cerrados de acceso público, que entrarán en vigor a finales de marzo y que establecen multas a los infractores de 500 a mil 500 pesos y arresto por 36 horas a reincidentes. Con 44 votos en favor y 14 en contra y dos abstenciones, los legisladores determinaron prohibir el consumo del tabaco en lugares como cines, restaurantes, bares, cantinas, oficinas, escuelas, hospitales, teatros, auditorios, empresas e industrias y no aplicar la restricción en sitios con terrazas. Además de permitir que los hoteleros destinen hasta 25 por ciento de sus habitaciones a fumadores. Al arrancar el periodo extraordinario de sesiones y con la presencia de organizaciones que promueven dejar de fumar, así como de personas que defienden su derecho a hacerlo, los legisladores reiteraron sus posturas en torno al tema. Incluso la bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) hizo notar en la tribuna y en la votación su división interna, pues la mayoría de los 14 votos en contra fueron de legisladores perredistas. Además Isaías Villa descalificó la posición de su compañero de partido Avelino Méndez, mientras que Tomás Pliego tachó de inmaduro a Salvador Martínez Della Rocca, quien con el uso reiterado de las palabra "carajo" defendió su postura en contra de las reformas. También Della Rocca protestó porque antes de aprobar la ley retiraron los ceniceros en el lobby del recinto, lo cual calificó como un acto autoritario como las propias reformas e hizo una analogía de la prohibición al señalar que es lo mismo que en un restaurante de comida rápida se impida entrar a los obesos. El promotor de las reformas de espacios ciento por ciento libres de tabaco, el coordinador de Nueva Alianza, Xiuh Tenorio, invitó a Martínez Della Roca a platicar "cuando quiera del problema de obesidad, que padezco y de otras enfermedades que también padecemos". Y fue más allá al advertirle que "usted tiene derecho a morirse cuando quiera, pero no tiene derecho a matarnos a los demás", al hacer referencia a Ley de Voluntad Anticipada que Della Rocca había citado y a la leyenda juarista que aparece en los muros del recinto: "El respeto al derecho ajeno es la paz". Como acto de protesta, el perredista Avelino Méndez mantuvo un cigarrillo apagado en su boca mientras permanecía sentado en su curul y una vez que subió a la tribuna para defender su postura lo encendió, lo que provocó un llamado de atención, del presidente de la Mesa Directiva, pues en el salón de plenos no se permite fumar. En tanto, los diputados Jorge Carlos Díaz Cuervo y del PRD, Tomás Pliego, quienes se han declarado no fumadores, ratificaron su postura en contra de las reformas al calificarlas de prohibitivas. Díaz Cuervo preguntó a sus compañeros de partido "¿qué sigue después de estas reformas?", pues aseguró que éstas limitan la libertad de las personas a gozar de un placer más que de una adicción. Al fundamentar el dictamen la panista Celina Saavedra aseguró que estas a la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores y de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, no prohíbe fumar a las personas, pues éstas podrán hacerlo en espacios al aire libre. También añadió no va en contra de lo aprobado este día por el Senado de la República, pues "somos plenamente conscientes de las facultades que tenemos para legislar en la ciudad de México". Luego del un largo debate al final los legisladores aprobaron las reformas legales que obligan a los propietarios o responsables en espacios cerrados a invitar a quien fume a pesar de la prohibición a no hacerlo y en su caso pedirle que se retire, pero ante una doble negativa remitirlo a un juzgado cívico. Ahí el juez determinará las sanciones de acuerdo a la gravedad de la falta administrativa, que irán del equivalente a 10 a 30 salarios mínimos y en caso de reincidencia el arresto por 36 horas. En tanto, los propietarios de establecimientos mercantiles que no acaten la ley, es decir que permitan fumar o no denuncien al infractor, serán sancionados con multas que van de casi siete mil pesos a más de 18 mil pesos y de esta cantidad a cerca de 132 mil pesos, mientras que la reincidencia dará pie a la clausura. Con información de Notimex



