TEPJF ordena a “Somos México” cambiar nombre, emblema y colores
Somos México deberá modificar su denominación, emblema y colores luego de que el TEPJF confirmara por mayoría la determinación del INE.

Avala TEPJF por mayoría que “Somos México” modifique nombre, emblema y colores
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobó por mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra el proyecto relacionado con el registro de Somos México como nuevo partido político nacional.
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¿Qué resolvió el TEPJF sobre Somos México?
Con la resolución, se confirma la determinación del INE para que la organización modifique su denominación, emblema y colores, aunque bajo argumentos distintos a los planteados originalmente por el Consejo General del Instituto.
Durante la sesión, el magistrado presidente del TEPJF y ponente, Gilberto de Guzmán Bátiz García, sostuvo que la legislación exige que la denominación de un partido cumpla dos funciones: diferenciarlo de otras fuerzas políticas y caracterizarlo como una opción específica dentro del sistema de partidos.
Explicó que el problema no está en el uso de la palabra “México”, ya que, dijo, el nombre del país no pertenece de manera exclusiva a ninguna fuerza política, sino en el significado integral de la expresión “Somos México” cuando se utiliza como denominación oficial y permanente de un partido.
Bátiz García señaló que una fuerza política puede actuar “por México” o pertenecer a México, pero consideró que no puede presentarse oficialmente mediante una expresión que la equipare con el conjunto de la nación.
¿Por qué deberá cambiar su denominación, emblema y colores?
El magistrado advirtió que mantener “Somos México” como identificador partidista permanente podría generar una zona de ambigüedad entre una expresión de uso común y la identidad oficial de una fuerza política.
Como ejemplo, mencionó frases como “todos somos México”, “juntos somos México” o “hoy somos México”, que eventualmente podrían generar asociaciones o beneficios indirectos para el partido.
Por ello, sostuvo que la resolución debía sustentarse en la legislación electoral, particularmente en el artículo 39 de la Ley General de Partidos Políticos, y no únicamente en conceptos como neutralidad semántica o apropiación simbólica de la identidad nacional.
¿Quién votó en contra de la resolución?
En contraste, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón votó en contra y cuestionó que se construya judicialmente un requisito de “caracterización” que, a su juicio, no está expresamente previsto en la legislación.
Con la resolución aprobada, Somos México deberá modificar su denominación, emblema y colores dentro del plazo establecido por el INE, que posteriormente deberá verificar el cumplimiento de los parámetros fijados por la Sala Superior.



