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  • 25 ABR 2024, Actualizado 08:38

SAT

SAT. ¿Qué hago si el SAT no me ha depositado mi saldo a favor?

Si tus compañeros ya recibieron su saldo a favor y tú no, sigue estas acciones para que te resuelvan

Si ya checaste tu cuenta bancaria y aún no cae tu saldo a favor, esto es lo que puedes hacer

Si ya checaste tu cuenta bancaria y aún no cae tu saldo a favor, esto es lo que puedes hacer (Getty Images)

México

Si ya recibiste la buena noticia de que saliste con saldo a favor, pero pasan los días y el SAT sigue sin hacerte tu devolución de impuestos, entonces esta información te interesa.

Las inconsistencias que podrías llegar a tener para recibir tu saldo a favor, es que el Sistema de Administración Tributaria podría rechazar tu devolución del ISR. Sin embargo, existen distintas vías para que puedas salir favorecido.

El mismo SAT señala que cuando efectúas el cálculo de tus impuestos y resulte que tus pagos son mayores a lo que debías, serás beneficiado con saldo a favor y que podrás solicitar tu devolución.

El contratiempo que puede haber en tu solicitud es que salga "rechazada" o en el peor de los casos "negada".

Cuando tu solicitud sale como "rechazada", nada está perdido, ya que puedes reiniciar el trámite para conseguir la devolución de tu saldo a favor.

¿Cómo tramitar mi solicitud de saldo a favor en el SAT?

Debes ir a la página oficial del Sistema de Administración Tributaria y dirigirte  a Solicita tu devolución en la categoría de trámites. Para iniciar, debes ingresar con tu e-firma o RFC y contraseña.

Deberás tener tus archivos que muestren que eres acreedor a saldo a favor para adjuntarlos en el formulario que debes de llenar con tus datos. Recibirás un acuse de recibo electrónico. Por último, queda darle seguimiento en Consulta tu devolución automática.

¿Qué pasa si mi solicitud de saldo a favor sigue sin ser aceptada?

Si después de tramitar tu solicitud sigue siendo rechazada tu devolución, entonces es hora de que revises tu buzón tributario, en la misma página oficial del SAT. Y probablemente tengas una notificación que indique que tu devolución ha sido "negada".

Cuando esto sucede puedes presentar el recurso de revocación ante el SAT. Éste es un procedimiento de impugnación del Poder Ejecutivo y Administración General Jurídica del Sistema de Administración Tributaria, el cual evaluará la situación. Si la resolución del SAT es favorable para el contribuyente, tendrás tu devolución de saldo a favor. Pero si no hay respuesta favorable, puedes ir a un juicio de nulidad. Sin embargo, este proceso puede durar aproximadamente 2 años y demandará la asistencia de un abogado.

Si ya checaste tu cuenta bancaria y aún no cae tu saldo a favor, esto es lo que puedes hacer

Otra manera de reclamar tu devolución de impuestos

Asesórate con La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, Prodecon. Los contribuyentes pueden recibir asesoría gratuita por parte de este organismo para evaluar y dar soporte a la devolución. Puedes escribir a través del correo: atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx o vía telefónica al múmero 5512059000 en Ciudad de México y al 800 611 0190 en el interior del país.

¿En cuánto tiempo el SAT me devuelve mi saldo a favor ?

Por otro lado, no te desesperes si ves que a tus demás compañeros ya les cayó su devolución de impuestos y a ti no, pues el SAT se encarga de hacer los depósitos hasta 40 días hábiles después de tu solicitud. Así que, en el mejor de los casos, es mejor esperar este lapso de tiempo antes de preocuparse por no ver reflejado el monto en tu cuenta.

Otras razones por las que el SAT no me ha depositado mi saldo a favor

  • Cuando el saldo a favor es mayor a 150 mil pesos, la devolución automática no aplica y se debe solicitar la devolución por medio del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
  • No aplica a contribuyentes que hayan solicitado la devolución de ejercicios fiscales distintos al año de declaración.
  • No aplica para contribuyentes que presenten su declaración a través de Contraseña y estén obligados a presentarla con e.firma.
  • Si el contribuyente cuenta con ingresos por negocios o bienes en copropiedad, sociedad conyugal o herencia durante su ejercicio fiscal.

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