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  • 25 ABR 2024, Actualizado 09:57

Desecha TEPJF queja del INE sobre incumplimiento de SHCP para revocación

Los magistrados indicaron que Hacienda cumplió en sus términos lo ordenado en la sentencia principal, puesto que emitió una respuesta a la brevedad

Desecha TEPJF queja del INE sobre incumplimiento de SHCP para revocación

Desecha TEPJF queja del INE sobre incumplimiento de SHCP para revocación(FOTO: Cuartoscuro)

México

Por unanimidad de votos el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró infundado el planteamiento del Instituto Nacional Electoral sobre el incumplimiento de la Secretaría de Hacienda a lo ordenado por la Sala Superior, con relación a la ampliación presupuestal para llevar a cabo el procedimiento de Revocación de Mandato.

A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, quien fungió como instructor y ponente en los medios de impugnación relacionados al asunto, el pleno de la Sala Superior consideró que no le asiste la razón al INE, ya que Hacienda cumplió en sus términos lo ordenado en la sentencia principal, ya que la dependencia emitió una respuesta a la brevedad, fundada y motivada, sin que el órgano jurisdiccional ordenara conceder la ampliación presupuestal.

El Tribunal Federal Electoral recordó que el veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno, la Sala Superior, entre otras cuestiones, revocó la determinación del INE de posponer el procedimiento de Revocación de Mandato y le ordenó efectuar las adecuaciones necesarias a su presupuesto y, de ser necesario, solicitar a la SHCP las ampliaciones presupuestarias que requiera para el adecuado desarrollo de dicho proceso.

“Sala Superior vinculó a la SHCP para que, en caso de que el INE hiciera una solitud de ampliación presupuestaria, diera respuesta a la brevedad de manera fundada y motivada, atendiendo de manera completa la petición”, indicó en un comunicado.

Agrego que el primero de febrero pasado, el INE presentó un escrito en el cual alegó el incumplimiento de la sentencia emitida por el TEPJF, por parte de la SHCP, al determinar incorrectamente que no es viable otorgarle recursos adicionales para la celebración del procedimiento de Revocación de Mandato y porque, en su consideración, la SHCP tiene el deber de generar el instrumento legal para hacer efectivo el derecho humano de la ciudadanía de participar en la Revocación de Mandando, por lo que debe otorgar los recursos solicitados.

Los magistrados indicaron que aunque la Secretaría de Hacienda determinó que no era procedente la solicitud del INE, ya que en el presupuesto de egresos de la Federación 2022 no existe disposición y asignación específica de recursos que permita aumentar su presupuesto, la dependencia cumplió con la petición y emitió una respuesta a la brevedad, fundada y motivada.

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