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Juez aclara que suspensión a Ernesto “N” no le otorga su libertad ni frena su proceso penal

El Juzgado Segundo de Distrito precisó que la suspensión definitiva de Ernesto “N”, no significa una orden de liberación.

Juez aclara que suspensión a Ernesto “N” no le otorga su libertad ni frena su proceso penal

El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México precisó los alcances de la suspensión definitiva concedida a Ernesto ‘N’, dentro del amparo 889/2026.

¿Por qué la resolución no implica la salida del penal?

Ante la información difundida sobre esta resolución, el juzgado aclaró que la suspensión no implica la libertad del quejoso ni impide la continuación del procedimiento penal en su contra.

La resolución establece que ernesto n queda a disposición del órgano jurisdiccional federal, en el lugar donde se encuentra interno o haya sido internado, únicamente por lo que se refiere a su libertad.

¿Bajo qué marco legal actuó el órgano jurisdiccional?

Al mismo tiempo, continuará a disposición de la autoridad que corresponda conocer del procedimiento penal, para los efectos de que éste siga su curso.

El juzgado subrayó que no está en posibilidad de conceder la suspensión con efectos distintos a los establecidos por la Ley de Amparo.

La determinación se fundamenta en los artículos 163 y 166, fracción I, de la Ley de Amparo; este último precepto se encuentra vigente desde el 17 de octubre de 2025.

Con esta precisión, el órgano jurisdiccional puntualiza que la suspensión definitiva concedida dentro del amparo, no representa una orden de libertad, sino una medida con efectos específicos respecto de la situación jurídica del imputado mientras se resuelve el juicio de amparo.

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