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  • 14 NOV 2024, Actualizado 17:00

Objeción conciencia

Aclara SCJN lineamientos sobre objeción de conciencia

Su ministro presidente, Arturo Zaldívar, aseguró que el último mes se logró proteger la vida y los derechos de las mujeres

Aclara SCJN lineamientos sobre objeción de conciencia

Aclara SCJN lineamientos sobre objeción de conciencia(FOTO: Cuartoscuro)

Ciudad de México

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, resaltó que durante el último mes se lograron avances importantes para la protección de la vida y los derechos de las mujeres con las sentencias en materia de aborto y objeción de conciencia.

Al ofrecer este miércoles una conferencia de prensa como parte del compromiso que hizo con medios de comunicación y la ciudadanía de detallar mensualmente los trabajos en la Corte y en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), aclaró sin embargo, que esto no es un avance de la Corte, sino de las mujeres que se han movilizado para hacerse escuchar.

Las instituciones de salud deben tener personal no objetante

Arturo Zaldívar, reiteró que las instituciones de salud deben contar con personal no objetante que pueda realizar intervenciones de interrupción del embarazo pues refirió que el personal de salud preserva su derecho de objeción de conciencia al negarse a participar intervenciones de interrupción del embarazo por creencias ideológicas o religiosas.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un precepto de la Ley General de Salud, que establecía una objeción de conciencia abierta y sin lineamiento y de haber permanecido el precepto así hubiera provocado, en los hechos como ocurre en otros países, que este instrumento (objeción de conciencia) se utilizara para vulnerar el derecho de las mujeres y personas gestantes a la interrupción legal del embarazo, entre otros, y que se pudiera utilizar por grupos conservadores para anular derechos que ya fueron adquiridos”, refirió.

La objeción de conciencia debe tener lineamientos

Asimismo indicó que la postura de la Corte es que el derecho de conciencia debe tener lineamientos para equilibrar las distintas garantías en juego, tanto de médicos y enfermeras como de las mujeres. Incluso el derecho de conciencia no puede ser válido por el personal de salud cuando se pone en riesgo la vida o se trata de una urgencia médica que implique que en caso de no intervenir de inmediato puedan haber daños físicos o sicológicos irreversibles en una persona. También la objeción de conciencia no puede ser motivada con argumentos de discriminación o de odió.

“Lo que dijo la Corte es que por supuesto existe este derecho de objeción de conciencia pero que tiene que tener lineamientos para que a partir de estos lineamientos se equilibre los distintos derechos en juego que el personal médico y de enfermería puedan hacer valer este derecho pero que esto ni implique anular el derecho del caso que nos ocupa de las mujeres o personas gestantes que quieren interrumpir su embarazo”, aclaró el ministro presidente de la SCJN.

La Corte dictó tres sentencias que cambian el paradigma de las mujeres

La Corte en dos semanas dictó tres sentencias que vinieron a cambiar el paradigma de las mujeres y de las personas gestantes”, indicó el Ministro en alusión a la inconstitucionalidad de criminalizar el aborto, la prohibición de que las entidades protejan la vida desde la concepción y la sentencia de objeción de conciencia.

“La Corte en dos semanas dictó tres decisiones tres sentencias, tres fallos que vinieron una primera decisión que estableció la inconstitucionalidad del delito de aborto en los supuestos que estableció la Corte es decir, reconoció el derecho fundamental a al interrupción legal del embarazo y en esta misma primer sentencia la Corte establece un sentido prestacional y de su resolución, es decir que todas las instituciones del sector salud están obligadas a prestar el servicio de interrupción legal del embarazo de manera segura no discriminatoria e igualitaria”, señaló el ministro presidente del alto tribunal.

El Presidente de la SCJN de la Nación también se refirió a la declaración de inconstitucional de un artículo vigente en Coahuila, que establecía penas atenuadas en casos de abuso sexual cuando la violación se diera dentro del matrimonio. El precepto, abundó el Ministro, equivale a la cosificación de la mujer, pues se consideraba que un perpetrador de violación tenía prerrogativas y atenuantes si su víctima era su esposa.

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