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  • 22 NOV 2024, Actualizado 08:25

Trámites administración

SAT: Así se cancela el RFC de una persona por fallecimiento

Que el SAT no te persiga después de la muerte; así puedes dar aviso al SAT para cancelar el RFC de cualquier familiar en caso de fallecimiento

SAT: Así se cancela el RFC de una persona por fallecimiento

SAT: Así se cancela el RFC de una persona por fallecimiento / CUARTOSCURO

Ciudad de México

La muerte de una persona acarrea no solo el dolor de la perdida, sino muchos trámites que tiene que realizar la familia, como pensiones, seguros y a veces entre tanto, se nos olvida que el RFC de una persona también tiene que cancelarse para evitar que sigan reflejándose cargos. Así se realiza el aviso de cancelación el RFC de una persona en caso de fallecimiento.

Realizar este trámite te permite avisar al SAT (Sistema de Administración Tributario) sobre la cancelación de un RFC de persona física. Te resolvemos todas tus dudas de cómo se realiza.

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Te permite avisar al SAT sobre la cancelación de un RFC de persona física en caso de fallecimiento.

Así se presenta el aviso de cancelación en el RFC de una persona en caso de fallecimiento

1. Para comenzar, cualquier familiar de la persona fallecida o un tercero interesado (representante legal), puede hacer el trámite.

2. El aviso de cancelación debe presentarse dentro del mes siguiente al fallecimiento del contribuyente en que se haya finalizado la liquidación de la sucesión de manera física en las oficinas del SAT.

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El trámite es gratuito

¿Cómo y dónde se realiza el trámite?

Acude con la documentación del trámite a cualquier oficina del SAT. Recuerda que por ahora deberás sacar cita previa. Te compartimos AQUÍ la liga.

Deberás llevar los siguientes documentos:

  • Forma oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC” (en dos tantos). PUEDES DESCARGARLO AQUÍ.
  • Acta de defunción expedida por el Registro Civil: Debes presentar copia certificada y copia fotostática para cotejo.
  • Identificación oficial vigente del contribuyente o del representante legal como: credencial para votar expedida por el INE, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros, documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio) (Original y copia fotostática para cotejo).
  • Para los contribuyentes que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables deben presentar el acuse de su baja del padrón de actividades vulnerables. (original).
  • En caso de ser representante legal, presentar el documento notarial que acredite al representante legal de la sucesión en copia certificada y copia o Carta poder firmada por dos testigos y ratificadas las firmas ante autoridades fiscales o Fedatario Público

El aviso de cancelación por defunción debe realizarse dentro del mes siguiente al fallecimiento del contribuyente

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¿Qué documentos vas a recibir?

  • Recibrás la forma oficial RX sellada como acuse de recibo.
  • Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.

En caso de ser una empresa o sociedad, el aviso de cancelación el RFC, se debe realiza cuando cierran totalmente operaciones.

Este trámite es importante ya que se tiene que presentar el aviso, porque de lo contrario, las obligaciones fiscales tanto del contribuyente activo en el padrón del SAT como de las empresas, siguen vigentes. De tener alguna obligación pendiente, antes de que el SAT proceda a darlo de baja de su base de datos, se tendrá que liquidar el adeudo, por lo que se debe contar con opinión de cumplimiento positiva de la persona física a cancelar.

En las oficinas del SAT puedes realizar el trámite con previa cita registrada en el Portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX

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