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  • 21 NOV 2024, Actualizado 21:30

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Celebra Consejo Coordinador Empresarial incremento al Salario Mínimo

El organismo empresarial destacó el acuerdo alcanzado mediante el diálogo y la concertación entre representantes patronales y de los trabajadores

Celebra Consejo Coordinador Empresarial incremento al Salario Mínimo

Celebra Consejo Coordinador Empresarial incremento al Salario Mínimo / WRADIO (Cuartoscuro)

México

Por Octavio García

El Consejo Coordinador Empresarial celebró el acuerdo alcanzado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) de incrementar el Salario Mínimo General (SMG) hasta llevarlo a $123.22 para 2020, el aumento más relevante en más de tres décadas.

“Este acuerdo fue producto del diálogo y la concertación entre representantes patronales y de los trabajadores. El Gobierno Federal en sus distintas dependencias y el propio Banco de México, han generado valiosos insumos para el proceso, pero han permitido que la negociación y el acuerdo se alcance en libertad por los factores de la producción”, manifestó el presidente del organismo Carlos Salazar Lomelín.

Por primera vez desde 1992, el SMG en 2020, excederá la Línea de Bienestar individual (LBI) que calcula CONEVAL (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social).

Ya en 2019 se alcanzó el objetivo, el cual ahora se supera de forma sustancial. Al mes de Noviembre de 2019, la LBI es de $ 3,150.60 (es decir $ 103.59 diarios) por lo que el SMG de 2020 por $ 123.22 estará 19% por encima de ella.

Muchas empresas mexicanas están redoblando sus esfuerzos de responsabilidad social

empresarial, y de forma enteramente voluntaria, están modificando significativamente al alza, los niveles de remuneración de los colaboradores de ingresos más modestos en su plantilla dijo Salazar Lomelín.

Salazar Lomelín anunció que los organismos empresariales promoverán intensamente, que las empresas que por sus condiciones puedan hacerlo, se anticipen a la evolución general del SMG, y a la brevedad posible otorguen a todos sus colaboradores remuneraciones por encima de la Línea de Bienestar Familiar. También promoverán que los empleados de sus proveedores y subcontratistas tengan el mismo tratamiento.

“La Concamín, la Concanaco, la Asociación de Banqueros, los agricultores, las casas de bolsa, las compañías de seguros, las compañías exportadoras todas las organizaciones que integran el Consejo Coordinador se han unido en el mismo esfuerzo. Tenemos un sentido de consenso un pleno y absoluto convencimiento de que es a través del salario donde demostramos claramente nuestra responsabilidad social”, dijo el dirigente empresarial

El acuerdo de CONASAMI establece los siguientes aumentos, a partir del 1 de enero de 2020:

En la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) se incrementarán tanto el salario mínimo

general como los salarios mínimos profesionales en un 5%, mientras que en el resto del país se incrementarán tanto el salario mínimo general como los salarios

mínimos profesionales en un monto nominal de $14.67 pesos diarios, a través del monto independiente de recuperación (MIR), y adicionalmente se otorgará un ajuste porcentual de 5%, quedando en consecuencia los salarios mínimos generales a partir del 1 de enero de 2020 de la siguiente forma:

Salario Mínimo General (ZLFN) $185.56; Salario Mínimo General Resto del País $123.22; En la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) los salarios mínimos profesionales quedarán ajustados a la cantidad de $185.56 pesos diarios, salvo las categorías de Reportero(a) en prensa diaria impresa y de Reportero(a) grafico(a) en prensa diaria impresa que serán incrementados en un 5% para llegar a la cantidad de $275.90 pesos diarios.

El objetivo del MIR es única y exclusivamente para recuperar el poder adquisitivo del salario mínimo y no debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral en las revisiones salariales.

Respecto a las revisiones contractuales, los sectores obrero y patronal acordaron continuar en el año 2020 revisando con amplia libertad, dentro de las condiciones de cada empresa, tomando en cuenta su productividad, competitividad y la imperiosa necesidad de generar empleos productivos.

El incremento del 5% que se determinó a los salarios mínimos será el único que se considere en las revisiones contractuales, sin que este porcentaje sea la base ni

el límite, sino la capacidad económica de cada empleador, su subsistencia y la necesaria reinversión de capital

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