Determina CJF destitución de magistrado por hostigamiento
El magistrado de Circuito en el Estado de México también afrontará proceso por ingresos distintos a los de su encargo

Por David Galván México.- Una vez que se pudo comprobar su responsabilidad en conductas graves como hostigamiento sexual y laboral en contra de diversas y diversos servidores públicos, el Poder Judicial determinó la destitución del magistrado de Circuito a Rafael Zamudio Arias
Más información
Quien había detentado el cargo de titular del Quinto Tribunal Unitario del Segundo Circuito, con sede en Toluca, Estado de México, ha sido señalado también por generar supuestos tratos preferenciales con algunos miembros del personal, a quienes incluso les permitía tener un horario diferenciado de labores y por ende, generaba mayor carga de trabajo a otros secretarios y actuarios judiciales
En su comunicación, el Consejo de la Judicatura Federal precisa que Zamudio Arias tenía un comportamiento de acoso sexual contra diversas servidoras públicas, al hacer uso incorrecto de su cargo para buscar contacto físico con colaboradoras y tener llamadas telefónicas nocturnas pretextando asuntos laborales, así como mantener insinuaciones sexuales, acercamientos físicos e incluso forzamiento para sostener relaciones sexuales en las instalaciones del propio tribunal
Se detalla también que el rechazo de dichas funcionarias a sus propuestas generaron movimientos en los puestos del propio tribunal, lo que incluso obligó a varias de ellas a renunciar
También se refiere por parte de la Judicatura que a la par de la destitución se ha iniciado se encuentra un procedimiento de responsabilidad al haberse identificado los movimientos bancarios irregulares que abonan en su favor hasta de casi dos millones de pesos, y que en su conjunto suman casi 4 millones 700 mil pesos
Es por ello que se señala la posible responsabilidad que podría derivar de la obtención de ingresos distintos a los que por su encargo como magistrado de Circuito le correspondían, lo cual se sanciona con base a Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, además de las conductas tipificadas en el Código Penal Federal.



