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  • 28 ABR 2024, Actualizado 15:34

Así las cosas

Así las cosas. Insuficiente la ley 3 de 3 contra agresores y deudores

Claudia Aguilar Barroso señala que la reforma puede tener mejoras en cuanto al apartado de los deudores alimentarios

Declaran constitucional la llamada "ley 3 de 3"

Declaran constitucional la llamada "ley 3 de 3"

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México

Se declaró la constitucionalidad de la Ley 3 de 3, que evita que haya agresores en el poder, sin embargo, se requiere tener una sentencia firme para evitar que los atacantes accedan a un cargo de elección popular o a la titularidad de la Fiscalía General de la República, informó Claudia Aguilar Barroso, abogada constitucionalista.

“En el caso de los deudores alimentarios, porque ahí se habla de deudores alimentarios morosos, quisiera verlo por el lado positivo, es decir, a diferencia de los otros supuestos, no existe la sentencia firme para que se suspendan los derechos, sino se habla de deuda vigente”, declaró en entrevista para "Así las Cosas" con Gabriela Warkentin y Javier Risco.

El área de oportunidad en la reforma es limitar ningún deudor alimentario pueda acceder a un cargo de elección popular, aunque paguen las pensiones pendientes, con la finalidad de que cambien la cultura que tienen y dejen de ejercer violencia económica.

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