• 18 AGO 2026, Actualizado 16:46

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Ley 73 IMSS: Pensión mínima garantizada puede terminar en negativa de pensión por este requisito

No basta con tener la edad para jubilarse bajo la Ley 73 del IMSS. Hay un requisito indispensable que puede determinar si recibes la pensión mínima garantizada o si tu trámite termina en una negativa de pensión.

No basta con tener edad para jubilarse; cumplir las semanas cotizadas es clave para evitar una negativa de pensión y acceder a la pensión mínima garantizada.

Cuando se habla de la Ley 73 del IMSS, normalmente la conversación se va directo al monto de la pensión mínima garantizada que pueden recibir los jubilados. Pero hay otro punto igual de importante que a veces se pasa por alto y tiene que ver con los requisitos que debes cumplir para que el Instituto Mexicano del Seguro Social te autorice la pensión.

Si empezaste a cotizar ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997, perteneces al régimen de la Ley 73. Este esquema permite calcular la pensión tomando como referencia el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas y el número de semanas que hayas acumulado durante tu vida laboral.

Además, la edad a la que decidas retirarte también cuenta para saber cuánto vas a recibir, porque si te pensionas antes de los 65 años, el porcentaje será menor al que podrías obtener si esperas hasta esa edad.

¿Cuál es el requisito que puede convertir la pensión mínima garantizada en negativa de pensión?

Uno de los requisitos básicos para obtener una pensión bajo la Ley 73 es tener al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.

Así que aunque ya tengas 60 años y estés listo para iniciar tu retiro, el Instituto puede darte una negativa de pensión si determina que no alcanzas el mínimo de semanas que marca la Ley del Seguro Social. Por eso, antes de aventarte a hacer el trámite, conviene revisar tu historial de cotizaciones y confirmar que esas semanas estén correctamente registradas.

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¿Qué es la pensión mínima garantizada y cuánto recibirá en septiembre 2026?

La pensión mínima garantizada es el monto que el Gobierno Federal asegura a los pensionados protegidos por la Ley del Seguro Social. Este beneficio no puede ser menor al equivalente a un salario mínimo general vigente en la Ciudad de México y se actualiza cada año durante febrero, de acuerdo con el Índice Nacional de Precios al Consumidor, INPC, publicado por el INEGI.

Para septiembre, la pensión mínima garantizada asciende a 10 mil 636.54 pesos mensuales, así que ninguna persona que tenga derecho a este beneficio puede recibir una cantidad menor.

¿Qué pasa si el IMSS emite una negativa de pensión?

Una negativa de pensión ocurre cuando el IMSS determina que no cumples con los requisitos que marca la ley para poder pensionarte.

En el caso de la Ley 73, una de las razones más comunes es no alcanzar las 500 semanas cotizadas que se necesitan, pero recibir una negativa de pensión no significa que automáticamente pierdas los recursos que acumulaste durante todos tus años de trabajo.

Si ya tienes 60 años o más y el IMSS rechaza tu solicitud, puedes pedir la devolución de los recursos disponibles en tu cuenta individual de AFORE, de acuerdo con las disposiciones que correspondan.

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¿Qué ocurre con los recursos de la AFORE tras una negativa de pensión?

Las personas que reciben una negativa de pensión pueden acceder a los recursos que tienen acumulados en su cuenta individual.

Hay una excepción importante. Si tienes recursos correspondientes al SAR IMSS 92 o al SAR Infonavit 92, estos podrán entregarse hasta que cumplas 65 años. Por eso, es importante conocer exactamente qué resultado tuvo tu trámite ante el IMSS y revisar qué recursos tienes dentro de tu cuenta de retiro.

¿Qué documentos necesitas para tramitar una pensión de la Ley 73?

Si cumples con los requisitos establecidos por el IMSS, deberás presentar

  • Identificación oficial vigente.
  • Estado de cuenta de tu AFORE o documento que acredite tu registro en la administradora.
  • Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria.
  • Resolución o negativa de pensión emitida por el IMSS.

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¿Cómo se realiza el trámite para disponer de los recursos?

El procedimiento comienza ante el IMSS y después continúa con la AFORE donde tienes administrados tus recursos.

  • Primero debes presentar tu solicitud de pensión ante una subdelegación del IMSS. Una vez que el Instituto emita su resolución y determines qué modalidad te corresponde, tendrás que acudir a tu administradora para comenzar el trámite de disposición de recursos.
  • Después deberás entregar los documentos que te soliciten y firmar la solicitud correspondiente. Con el expediente completo, la AFORE pondrá a tu disposición los recursos que procedan de acuerdo con el régimen pensionario que te corresponda.

¿Cómo saber si perteneces a la Ley 73 del IMSS?

La forma más sencilla de saberlo es revisar la fecha en la que comenzaste a cotizar ante el Seguro Social.

Si tu primer registro ante el IMSS fue antes del 1 de julio de 1997, formas parte del régimen de la Ley 73 y podrás pensionarte bajo las reglas de este esquema, siempre que cumplas con las semanas de cotización requeridas.

Así que, más allá de estar pendiente del monto de la pensión mínima garantizada, primero revisa algo básico que puede hacer toda la diferencia en tu trámite. Confirma que realmente tengas las 500 semanas cotizadas que pide la Ley 73, porque si no llegas a ese número, tu proceso puede terminar en una negativa de pensión.

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