INE avala catálogo de infracciones de la elección judicial
Los y las candidatas podrían incurrir en infracciones por llevar a cabo actos de campaña antes del periodo previsto, contratar espacios en radio y televisión o colocar lonas

Este jueves el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad el catálogo de infracciones y reglas procesales que se aplicarán en la elección judicial del 1 de junio próximo.
Dicho catálogo establece una serie de acciones que, de concretarse, llevaría a las y los candidatos a los cargos de jueces, magistrados y ministros a incurrir en infracciones.
Este documento también establece las obligaciones de los servidores públicos, partidos políticos y ciudadanos.
Los y las candidatas podrían incurrir en infracciones por llevar a cabo actos de campaña antes del periodo previsto, contratar espacios en radio y televisión o colocar lonas, entregar playeras o gorras con su imagen o nombre, ya que solo podrán difundir propaganda electoral impresa.
También se incurre en infracción si se difunde propaganda electoral que contenga expresiones que constituyan calumnia o que vulnere el interés superior de la niñez, así como la utilizar recursos públicos, en efectivo o en especie para su campaña.
El catálogo considera como infracción que los servidores públicos usen recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección del poder judicial, así como la utilización de programas sociales.
Las consejerías del INE avalaron que las personas candidatas paguen sus campañas con recursos propios, con un tope de gastos que se definirá en los próximos días.
No podrán organizar foros por parte de dependencias o entidades responsables de la instrumentación de programas que impliquen la entrega de un beneficio social, directo a la población.
Sobre la promoción en periodo de campañas, las y los candidatos tendrán que hacerla en papel reciclable, biodegradable y libre de sustancias tóxicas o nocivas para la salud o el medio ambiente.
Podrán participar en foros de debate organizados por el INE o en donde haya espacios gratuitos otorgados por el sector público, privado o social en condiciones de equidad.
Entre otros puntos, destaca que los partidos políticos tampoco podrán efectuar actos de proselitismo, o posicionarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna.
Mientras que sobre el actuar de los funcionarios públicos se establece que son infracciones participar en actos de proselitismo en días y horas laborales.
El Catálogo también consideró infracciones a la ciudadanía y se aplicará en caso de que se incurra en faltas como persona observadora electoral, física o jurídica, así como concesionarios de radio y televisión.