• 19 OCT 2024, Actualizado 06:37

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Admite SCJN recurso para determinar si corresponde al TEPJF resolver suspensiones contra reforma judicial

Hasta el momento el TEPJF ha recibido 140 notificaciones de suspensiones judiciales

FOTO: CUARTOSCURO.COM

A través de la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió, un recurso promovido por magistrados del país en el que solicitan al determine si le corresponde a éste o al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolver el tema de las suspensiones judiciales contra la reforma judicial.

En la lista de notificaciones de la Corte, los magistrados se refieren a las impugnaciones que algunas autoridades han realizado contra las suspensiones emitidas por jueces contra la implementación de la reforma judicial.

Es un caso relacionado con el Instituto Nacional Electoral (INE), que mediante su Secretaría Ejecutiva promovió un “juicio electoral” ante el TEPJF en el que solicitan a este organismo que se pronuncie sobre las suspensiones y permita al INE llevar a elecciones extraordinarias (contemplado en la reforma judicial) sin que ello implique caer en desacato judicial.

Y es que este jueves, la consejera presidenta Guadalupe Taddei informó que hasta el momento han recibido 140 notificaciones de suspensiones judiciales para que no continúe la implementación de las elecciones de jueces, magistrados y ministros en 2025. Situación que ha provocado que el INE no avance con el proceso administrativo y organizacional de estos comicios.

El recurso promovido ante la SCJN se turnó al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para que realice el proyecto correspondiente al caso y lo presente ante el Pleno de la Corte para su discusión.

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Los magistrados que interpusieron el recurso ante la Corte basan su solicitud bajo la facultad de atracción prevista en el artículo 11, fracción XVII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que refiere:

“La SCJN tiene atribuciones para velar por la autonomía e independencia judicial, entre la que está conocer y dirimir cualquier controversia que surja entre las salas de la Corte y dentro del Poder Judicial de la Federación”.

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