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  • 04 MAY 2024, Actualizado 17:37

INE ordena retirar contenido de “mañanera” del 21 de marzo por probable difusión de propaganda gubernamental

La Comisión de Quejas y Denuncias resolvió que es procedente la medida cautelar solicitada porque se trata de manifestaciones que podrían constituir logros o acciones de gobierno, así como los programas sociales que se han instrumentado, lo cual en esta etapa del Proceso Electoral Federal se encuentra prohibido por la normativa constitucional y legal.

SANTA LUCÍA DEL CAMINO, OAXACA, 21MARZO2024.- Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, durante su conferencia mañanera en las instalaciones de la 28/a Zona Militar en Oaxaca. Acompañado de funcionarios estatales y federales, abordó temas como seguridad, salud y el aniversario del natalicio de Benito Juárez. 
FOTO: CAROLINA JIMÉNEZ/CUARTOSCURO.COM

SANTA LUCÍA DEL CAMINO, OAXACA, 21MARZO2024.- Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, durante su conferencia mañanera en las instalaciones de la 28/a Zona Militar en Oaxaca. Acompañado de funcionarios estatales y federales, abordó temas como seguridad, salud y el aniversario del natalicio de Benito Juárez. FOTO: CAROLINA JIMÉNEZ/CUARTOSCURO.COM

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral nuevamente ordenó modificar o eliminar el contenido de la conferencia de prensa en Palacio Nacional del 21 de marzo por probable difusión de propaganda gubernamental.

El representante del Partido Acción Nacional (PAN) ante el Consejo Local de Oaxaca, denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por las manifestaciones efectuadas en esa “mañanera” ya que, a decir del quejoso, se trata de propaganda gubernamental, lo cual vulnera los artículos 41 y 134 constitucionales.

La Comisión resolvió que es procedente la medida cautelar solicitada porque se trata de manifestaciones que podrían constituir logros o acciones de gobierno, así como los programas sociales que se han instrumentado, lo cual en esta etapa del Proceso Electoral Federal se encuentra prohibido por la normativa constitucional y legal.

Por esta razón el mandatario federal deberá efectuar las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar o modificar los archivos de la conferencia de fecha 21 de marzo.

Además, se consideró procedente el dictado de medidas cautelares, bajo la vertiente de tutela preventiva, con el fin de que el mandatario se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de efectuar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos relacionados con logros, acciones o programas de gobierno, así como difundir propaganda gubernamental que no se ubique en las excepciones constitucionales y legales.

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