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  • 03 MAY 2024, Actualizado 17:09

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W Radio. Políticos que ejercieron violencia política de género podrán reelegirse

El TEPJF informó que el Instituto Nacional Electoral no cuenta con las atribuciones para prohibir la reelección de políticos.

Políticos que ejercieron violencia política de género podrán reelegirse

Políticos que ejercieron violencia política de género podrán reelegirse(FOTO: Cuartoscuro)

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, modificó por mayoría de votos, el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se emitieron los lineamientos sobre la reelección para senadurías y diputaciones en la jornada electoral de 2024.

Con las ausencias de la magistrada Janine Otálora Malassis y del magistrado Indalfer Infante Gonzales, y el voto particular en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, la mayoría presente en la sesión consideró que el INE excedió su facultad reglamentaria.

Por lo tanto, aprobaron que los políticos serán reelegibles a pesar de estar inscrito en el registro de personas infractoras en materia de violencia política de género, hasta que no exista una sentencia condenatoria que se los impida expresamente.

Los magistrados del órgano jurisdiccional en materia electoral consideraron que el Instituto Nacional Electoral excedió su facultad reglamentaria, ya que no cuenta con las atribuciones para darle un efecto adicional a la lista que no sea de información y coordinación entre autoridades electorales.

La controversia se originó cuando los partidos políticos Morena, Acción Nacional y del Trabajo, acudieron a la Sala Superior alegando, entre otras cuestiones, que los lineamientos de reelección restringen el derecho político-electoral al voto, en su vertiente pasiva.

En la sesión de este miércoles los magistrados recordaron que dicho registro tiene una doble función. Por una parte, es una herramienta que facilita la comunicación, así como la coordinación, entre autoridades electorales y ofrece a la ciudadanía información respecto de las personas que han incurrido en dichas violaciones.

Insistieron en que se trata de una medida de reparación que debe ser dictada por una autoridad jurisdiccional y por lo tanto el INE no cuenta con las atribuciones para darle un efecto adicional a la lista.

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