Proponen declarar inconstitucional la Prisión Preventiva Oficiosa
El proyecto señala que la prisión preventiva oficiosa es violatoria de los tratados internacionales sobre derechos humanos
México
Será el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que decida el primer proyecto relacionado a la prisión preventiva oficiosa, tras el amparo solicitado a favor de Brandon Flores Ramírez alias “El Junior”, hermano de Óscar Andrés Flores “El Lunares”, presunto líder de La Unión Tepito, así como a su tío Alejandro Kulhiger.
Este amparo reflejado en el asunto 355/2021 busca que un Tribunal Colegiado vuelva analizar la acusación por los presuntos delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, contra la salud y posesión de armas de fuego de uso exclusivo de las fuerzas armadas. Sin embargo, este miércoles la Primera Sala de la Corte resolvió turnar el asunto a cargo de la ministra Norma Lucía Piña Hernández al pleno, sin dar una fecha para ello.
En su proyecto la ministra propone declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa haciendo referencia al comunicado enviado en 2018 por el Representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que manifestó preocupación por las iniciativas orientadas a ampliar el catálogo de delitos que ameritarían la imposición de la prisión preventiva, lo cual fue avalado por el Congreso en 2019.
De acuerdo a la ministra “la existencia de la prisión preventiva oficiosa es claramente violatoria de los tratados internacionales sobre derechos humanos, de los cuales el Estado mexicano es parte, por lo que la ampliación del catálogo de delitos acentuaría dicha transgresión”.
También refiere que la prisión preventiva se impone por el juez de manera automática, lo que equivale a una interpretación que no resulta congruente con los derechos a la libertad personal y presunción de inocencia.
Los delitos por los que se dicta la prisión preventiva son abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
Así mismo robo al transporte de carga, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
Así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.