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  • 09 DIC 2024, Actualizado 17:46

Aún en suspenso si se aprueba o no, la objeción de conciencia: SCJN

Esta figura se constituye como un derecho del personal médico, y no podrá invocarse cuando su ejercicio ponga en riesgo la vida del paciente

Aún en suspenso si se aprueba o no, la objeción de conciencia: SCJN

Aún en suspenso si se aprueba o no, la objeción de conciencia: SCJN(FOTO: Cuartoscuro)

México

Por mayoría de ocho votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundados los argumentos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y valido el artículo 10 bis de la Ley General de Salud relativo al derecho de la objeción de conciencia y resolvió que no es una restricción al derecho a la salud.

El ministro Luis María Aguilar Morales, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, argumentó que esta figura es una cuestión individual que los médicos ejercen con base en su libertad religiosa e ideológica; sin embargo, precisó que debe tener limitantes.

“La objeción de conciencia se constituye como un derecho del personal médico y de enfermería con carácter individual y no podrá invocarse cuando su ejercicio ponga en riesgo la vida del paciente o cuando se trate de una urgencia médica. Cuando un profesional de la medicina o enfermería ejerza su derecho a la objeción de conciencia, deberá dar toda la información y orientación necesaria a la persona beneficiaria de los servicios de salud”.

Al hablar en contra del proyecto, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, destacó que con ello se da un cheque en blanco para seguir discriminando a la mujer.

“Dejarlo en estos términos es casi imposible de administrar, es dar un cheque en blanco a la arbitrariedad. Es nuevamente, de manera disfrazada, permitir que se discrimine y que se abuse de las mujeres y personas gestantes. Por ello, votare en contra del proyecto”.

En su oportunidad, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá destacó que el Congreso de la Unión sí aprobó una legislación deficiente.

A su vez, la ministra Norma Piña dio la razón a la CNDH al señalar que el artículo 10 bis, es inconstitucional. Y será la próxima cuando el pleno de la SCJN valida la figura la objeción de conciencia luego de que la sesión no se lograron los votos suficientes para obtener un pronunciamiento

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