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  • 25 ABR 2024, Actualizado 11:32

INE ordena eliminar 'mañanera' por incluir propaganda gubernamental

El presidente AMLO habló de las pensiones a adultos en su conferencia del 19 de julio, algo prohibido previo a la consulta del 1 de agosto

INE ordena eliminar 'mañanera' por incluir propaganda gubernamental

INE ordena eliminar 'mañanera' por incluir propaganda gubernamental(Fotos: Cuartoscuro (archivo))

Ciudad de México

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral ordenó a la Presidencia de la República, para que a través de la Consejería Jurídica, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, lleve a cabo todas las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar o modificar las publicaciones que contienen los audiovisuales y/o versiones estenografías de la conferencia matutina del 19 de julio del presente año de cualquier plataforma oficial.

Esto luego de que el Partido Acción Nacional denunció a al presidente Andrés Manuel López Obrador por las manifestaciones efectuadas en la conferencia matutina del 19 de julio en la cual, la Subsecretaria de Desarrollo Social y Humano de la Secretaría de Bienestar, dio a conocer la nueva estrategia de incorporación de personas mayores de 65 años a la Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores…

Los consejeros electorales consideraron que este hecho constituye difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido en el contexto de la Consulta Popular, a celebrarse el primero de agosto próximo.

También mandató a la Presidencia de la República; a la Coordinación de Comunicación Social y Vocería, al Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, CEPROPIE, así como a todos los servidores o servidoras públicas que participen de estos ejercicios matutinos para que se abstengan de presentar, difundir, publicar y poner a disposición de la señal satelital, según correspondan sus funciones, cualquier propaganda gubernamental contraria a las disposiciones constitucionales o fuera de las excepciones que ella establece y que se encuentren prohibidas, así como de aquellas que vulneren los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, en cualquier espacio o medio de comunicación.

Sobre otra queja del PAN en contra de Jenaro Villamil, presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, por la publicación de un video en su cuenta privada de Twitter, el cual contiene expresiones encaminadas a confundir e influir en la opinión de la ciudadanía, respecto de la Consulta Popular…

La Comisión estimó improcedentes las medidas, pues el denunciado manifestó haber eliminado la publicación, dicho que acreditó y certificó la autoridad electoral a través del acta circunstanciada respectiva, por lo que se trata de hechos consumados.

En este caso, la tutela preventiva solicitada se determinó improcedente, toda vez que no existe indicio alguno en torno a que sucederá en el futuro, por lo que no se justifica imponer restricciones al derecho a la libertad de expresión del denunciado.

El INE agregó que ambos casos son determinaciones preliminares, cuyo estudio de fondo y resolución corresponderá resolver a la Sala Regional Especializada.

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