¿El recibo de luz no tiene tu nombre? Este es el paso a paso para cambiarlo
Ahora puedes cambiar el nombre del titular del recibo de luz por distintos motivos como renta o fallecimiento; aquí te decimos los pasos y requisitos
Ciudad de México
Cambiar el nombre del titular que aparece en el recibo de luz es una actualización que debe realizarse para evitar problemas en el futuro y ahorrarse dinero. Si no sabes cómo hacerlo, aquí encontrarás la forma de llevar a cabo la modificación.
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) señala bajo qué motivos se debe de hacer el cambio, entre los cuales se encuentran: propiedad arrendada, compra-venta de la vivienda, fallecimiento del titular o por divorcio.
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¿Cómo cambiar el nombre del titular del recibo de luz?
Para poder cambiar el nombre del titular, los interesados deberán acudir al Centro de Atención CFE que quede más cerca a la vivienda. Además, para poder realizar el trámite, es necesario llevar una serie de documentos que solicita la CFE.
Hasta el momento, este procedimiento no está disponible para hacerse en línea, por lo que forzosamente se deberá acudir a la oficina correspondiente y así efectuar el cambio de nombre. El trámite es gratuito y el cambio se percibe de inmediato.
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En caso de compra-venta, ¿Cuáles son los documentos?
Además de no tener adeudos, los documentos que se deben presentar en el Centro de Atención en caso de que el motivo sea por compra-venta son:
- Copia del RFC (en caso de estar dado de alta en SAT).
- Documento por escrito dirigido a CFE argumentando los motivos del cambio del nombre (la solicitud puede descargarse AQUÍ).
- Copia del predial (si es que se tiene).
- Copia del contrato de compra-venta de la vivienda en propiedad.
- Copia de la credencial del INE del titular del predio.
- Lectura del medidor actual.
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En caso de propiedad arrendada o divorcio, ¿Cuáles son los documentos?
La documentación para el cambio de nombre por la renta del domicilio es la siguiente, teniendo en cuenta que, de igual forma, no debe de haber adeudos:
- Copia del RFC (en caso de estar dado de alta en SAT).
- Documento por escrito dirigido a CFE argumentando los motivos del cambio del nombre.
- Copia del contrato de arrendamiento.
- Copia de la identificación oficial del titular del contrato.
- Lectura del medidor actual.
Si el cambio es por divorcio, se deberá especificar como motivo en el documento dirigido a la CFE. La persona que se quede a vivir en la vivienda será el responsable del pago del recibo de luz.
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En caso de fallecimiento del titular, ¿Cuáles son los documentos?
Si lamentablemente el titular fallece, los documentos que se deberán presentar ante la CFE para el cambio de nombre son los siguientes:
- Acta de defunción del titular.
- Datos personales del fallecido (sus nombres y apellidos y documento acreditativo de identidad).
- Los datos personales del nuevo titular del servicio (sus nombres y apellidos y documento acreditativo de identidad).
- Nuevo número de la cuenta bancaria en la que se cargarán los nuevos cobros.
- Código universal del punto de suministro.
Para mayor información, consultar la información oficial de la CFE AQUÍ.