Definirá SCJN límites de justicia indígena
La jurisdicción indígena está protegida en el artículo 2º de la Constitución
Ciudad de México
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijará los criterios para determinar los alcances que tiene una autoridad indígena al intervenir en un proceso penal que ya está en marcha en un juzgado del fuero común.
Los ministros que integran la Primera Sala del máximo tribunal acordaron ejercer su facultad de atracción respecto a un amparo de una persona perteneciente a un pueblo originario de Ixtlán, Oaxaca, quien ya estaba sujeto a un juicio penal acusatorio, el cual fue interrumpido por orden de una autoridad indígena, quien afirmó tener la jurisdicción en este asunto.
El Alto Tribunal consideró necesario atraer el caso a fin de determinar los parámetros claros y precisos sobre la jurisdicción indígena, protegida en el artículo 2º de la Constitución.
Los ministros coincidieron en señalaron que, al resolver el caso, sentarán precedentes sobre “si una orden proveniente de una autoridad de justicia indígena puede o no suspender un procedimiento penal acusatorio”.
Acotaron sobre la necesidad de definir estos límites desde una perspectiva intercultural, que interprete los alcances del fuero, en el caso de la justicia indígena.