Avalan Ley de Seguridad para regular actividades de agentes extranjeros
El gobierno supervisará el cumplimiento de agentes extranjeros, como la CIA y la DEA, con el fin de fortalecer la soberanía nacional.
México
La Cámara de Diputados avaló con 329 votos a favor, 98 en contra y 40 abstenciones, de los diputados del PAN y MC, reformas a la Ley de Seguridad Nacional para regular la actuación de los agentes extranjeros en México, como la CIA y la DEA.
El propósito de estas modificaciones que recién autorizo el Senado, es fortalecer la soberanía nacional y una mayor eficacia en el combate contra el crimen organizado.
Se establece que los agentes extranjeros podrán ser autorizados para internarse temporalmente en territorio nacional para fines de intercambio de información, en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano. Y deberán reportar las autoridades mexicanas sobre casos que atenten contra la soberanía y la seguridad del país.
La presidenta de la Comisión de Gobernación, Rocío Barrera Badillo, dejó claro que la ley prohíbe a los agentes de agencias extranjeras asumir actitudes violatorias de la Constitución o incitar a cometer algún delito
“La reforma no les concede ningún tipo de inmunidad, pues, aunque conforme al derecho internacional gozarían de inmunidad funcional, si se apegan a ejercer funciones consulares; de cometer delitos, serán sometidos a la justicia mexicana y no gozarían de inmunidad alguna si ingresan a nuestro país sin ser acreditados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores”.
Deberán presentar ante las secretarías de Relaciones Exteriores y de Seguridad y Protección Ciudadana un informe mensual de sus actividades y gestiones ante las diversas autoridades federales, entidades federativas y de los municipios.
Los agentes extranjeros en México solo podrán portar las armas de fuego que, en su caso, les autorice la Secretaría de la Defensa Nacional, y tendrán prohibido realizar detenciones, allanar la propiedad privada o cualquiera otra conducta que resulte violatoria de la Constitución.
“Establece dos órganos auxiliares del Consejo de Seguridad Nacional, el grupo de Alto Nivel de Seguridad encargado de la atención y gestión de los convenios, programas y temas estratégicos de cooperación y un Grupo de Coordinación Operativa cuya función será la de coordinar supervisar la ejecución de los convenios, programas y acciones de acuerdo de cooperación suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad”.
El gobierno mexicano supervisará, en todo momento, el cumplimiento de los agentes extranjeros de las obligaciones legales y de aquellas que deriven de los convenios bilaterales suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la Seguridad Nacional.
Incluso, cuando un agente extranjero incumpla con las disposiciones generales y específicas, el gobierno de México solicitará su retiro al gobierno del país acreditante y quedará sujeto a las sanciones que resulten aplicables en términos de las leyes mexicanas.