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  • 22 DIC 2024, Actualizado 20:57

Suprema Corte invalida fiscalías anticorrupción de Chihuahua y Veracruz

Los ministros determinaron que los congresos locales se apresuraron por no esperar la promulgación de ley general en la materia

FOTO: Cuartoscuro

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México

Los congresos de Chihuahua y Veracruz se precipitaron al emitir normas locales en la materia sin esperar a que el Ejecutivo Federal promulgara las leyes secundarias del Sistema Nacional Anticorrupción.

Mauricio Merino, doctor en Ciencia Política, habla al respecto:

Así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación al invalidar los decretos emitidos por los gobiernos de Cesar Duarte y de Javier Duarte, con los que se configuraba sus sistemas locales anticorrupción en un intento, a decir de algunos analistas, por blindar sus administraciones de una futura fiscalización.

Esto explicó al respecto el ministro José Ramón Cossío: “Resulta contrario a esta pretensión del legislador constitucional que los estados ejerzan su competencia antes de la entrada en vigor de las leyes generales. Si bien las leyes generales ya se emitieron y las legislaturas locales tienen un plazo de adecuación respecto a su entrada en vigor, es contrario a la idea misma de sistema que los diputados locales no conozcan las normas federales que les sirven de parámetro de actuación”.

Aunque hubo una votación unánime en favor de dar la razón a la Procuraduría General de la República en cuanto a que las reformas estatales para crear fiscalías anticorrupción eran contrarias a la Constitución mexicana, los ministros decidieron por mayoría que la ilegalidad de las legislaturas locales radicó en no esperar los plazos para legislar que estableció el Congreso de la Unión.

Por ello, la mayoría de los ministros se pronunciaron por declarar que había una veda en los artículos transitorios de la reforma constitucional que llevó a establecer el sistema nacional anticorrupción, como expuso la ministra Margarita Luna Ramos.

“No es que no tengan competencia para legislar en la materia, claro que la tienen… decir si es una falta de competencia, pero de competencia temporal, durante el tiempo que se dio la reforma constitucional y no se habían emitido las leyes generales que de alguna manera establecía su aplicación”.

El Pleno de la Corte decidió no ahondar en los efectos que tendrá esta determinación, más allá de declarar inconstitucionales los cambios que llevaron a expedir las leyes orgánicas de las Fiscalías Anticorrupción de Veracruz y Chihuahua.

Por otra parte, quedó pendiente lo referente a la norma impugnada por la PGR en Quintana Roo, ya que la integración del expediente se retrasó por algunos trámites legales y deberá ser abordado en las próximas sesiones.

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