• 28 ABR 2024, Actualizado 23:13

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Hasta 17 años de cárcel por maternidad subrogada con fines de lucro

El Senado dio luz verde a la Ley General de Salud, la cual define que esta práctica se realizará sin fines de lucro y con acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante

México

Se indica que la gestación subrogada se realizará sin fines de lucro, habiendo un acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante, permitiendo la compensación de gastos médicos y otros derivados del embarazo, parto, post-parto y puerperio.

Asimismo, se determina que estará permitida únicamente bajo estricta indicación médica, entre nacionales y sin fines de lucro, y sancionar los casos puntualmente establecidos en la ley.

Con ello establecen penal de cárcel de 6 a 17 años a aquellas personas que entreguen a los menores derivados de la gestación subrogada a un individuo de nacionalidad distinta a la mexicana o se haga con fines de lucro.

La reforma aprobada por 71 votos a favor y uno en contra fue enviada a la Cámara de Diputados y en la misma se define que la gestación subrogada, quedando definida como la práctica médica consistente en la transferencia de óvulos humanos fecundados en una mujer, producto de un espermatozoide y un óvulo de terceras personas.

La senadora independiente Martha Tagle expuso en tribuna que “la gestación subrogada, o gestación por sustitución, es una forma alternativa de acceder a la paternidad o maternidad en el marco de las técnicas de reproducción asistida, como solución médica puede brindar solución a diversos problemas de infertilidad con magníficos resultados”.

En tribuna agregó que la Secretaría de Salud regulará la maternidad subrogada, en las disposiciones jurídicas correspondientes.