Hasta 17 años de cárcel por maternidad subrogada con fines de lucro
El Senado dio luz verde a la Ley General de Salud, la cual define que esta práctica se realizará sin fines de lucro y con acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante
México
Se indica que la gestación subrogada se realizará sin fines de lucro, habiendo un acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante, permitiendo la compensación de gastos médicos y otros derivados del embarazo, parto, post-parto y puerperio.
Asimismo, se determina que estará permitida únicamente bajo estricta indicación médica, entre nacionales y sin fines de lucro, y sancionar los casos puntualmente establecidos en la ley.
Con ello establecen penal de cárcel de 6 a 17 años a aquellas personas que entreguen a los menores derivados de la gestación subrogada a un individuo de nacionalidad distinta a la mexicana o se haga con fines de lucro.
La reforma aprobada por 71 votos a favor y uno en contra fue enviada a la Cámara de Diputados y en la misma se define que la gestación subrogada, quedando definida como la práctica médica consistente en la transferencia de óvulos humanos fecundados en una mujer, producto de un espermatozoide y un óvulo de terceras personas.
La senadora independiente Martha Tagle expuso en tribuna que “la gestación subrogada, o gestación por sustitución, es una forma alternativa de acceder a la paternidad o maternidad en el marco de las técnicas de reproducción asistida, como solución médica puede brindar solución a diversos problemas de infertilidad con magníficos resultados”.
En tribuna agregó que la Secretaría de Salud regulará la maternidad subrogada, en las disposiciones jurídicas correspondientes.